La Secretaría Xeral da Emigración amplía los beneficiarios de las Ayudas Extraordinarias a las Personas Emigrantes Retornadas

El DOG del 4 de junio recoge la resolución del departamento autonómico por la que se incluye a todos los descendientes retornados de gallegos entre los destinatarios de la convocatoria de 2020 de este programa

Imagen de archivo de una de las oficinas de atención al retornado.

El Diario Oficial de Galicia publicó el jueves 4 de junio la resolución de la Secretaría Xeral da Emigración que amplía los beneficiarios y modifica el apartado correspondiente a los destinatarios de las Ayudas Extraordinarias a Personas Emigrantes Retornadas. La nueva redacción, que establece que podrán ser beneficiarios los descendientes por consanguinidad de las personas gallegas y nacidas en Galicia, también fija que para optar a este programa los interesados deben presentar como documentación acreditativa de la vinculación con Galicia de la persona solicitante aquella que demuestre su nacimiento en Galicia o, de ser el caso, ser cónyuge o pareja de hecho inscrita o descendiente por consanguinidad de una persona gallega y nada en Galicia.

Esta modificación responde a que “las circunstancias actuales, derivadas de la declaración del estado de alarma realizado por el Real decreto 463/2020, del 14 de marzo, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, están provocando una grave crisis social y económica que afecta en mayor medida a las personas emigrantes retornadas como colectivo con especiales dificultades de inserción socio-laboral. Por lo que, con el objeto de dar respuesta a esta situación de crisis es necesario incluir como personas beneficiarias en esta convocatoria de ayudas, a todos los descendientes por consanguinidad de una persona nacida en Galicia en cualquier grado de parentesco, siempre que fuesen españoles y que residiendo fuera de España habían retornado la esta Comunidad Autónoma”.

Entrada en vigor inmediata

La nueva redacción de la convocatoria de este programa de la Secretaría Xeral da Emigración para 2020, cuyo plazo de solicitud acaba de ampliarse hasta el 30 de octubre, entró en vigor el mismo 4 de junio.

Las Ayudas Extraordinarias al Emigrante Retornado están dirigidas a los gallegos y gallegas que hayan regresado a la Comunidad desde el exterior en los últimos dos años, ya que esta convocatoria busca darles un apoyo para que puedan hacer frente a los gastos extraordinarios derivados de su vuelta a Galicia. Se trata de un pago único que cuenta con un presupuesto total de 1,9 millones de euros. El objetivo de esta orden del Gobierno gallego, que se mantiene abierta desde el pasado 17 de marzo, es facilitar el retorno a aquellos gallegos que quieran regresar a su tierra, e incluye un complemento de 1.000 euros para las familias por cada hija o hijo menor de edad hasta el segundo, y de 1.500 para el tercero y sucesivos.

La solicitud de estas ayudas puede realizarse a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia o presencialmente en el Registro ordinario de la Xunta. Las personas interesadas pueden obtener información en el Portal Retorna de la web de la Secretaría Xeral da Emigración, GaliciaAberta, y en las propias sedes de la Oficina Integral de Asesoramiento y Seguimiento al Retornado, situadas en Santiago, A Coruña, Lugo, Ourense y Vigo, que siguen atendiendo y asesorando al público a través del correo electrónico y del teléfono.

UN comentario en “La Secretaría Xeral da Emigración amplía los beneficiarios de las Ayudas Extraordinarias a las Personas Emigrantes Retornadas

  1. Hola mi hermana y llo somos nasidos en cuba .i abuelo era de sanjulian de Roca guitiriz lugo se yamaba Jesús laje amil nasido disienbre del 1893 somos ciudadanos españoles tenemos derecho a esa ayuda ya que tenemos una situación bastante dura des de que llegamos hacá

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