La Secretaría Xeral da Emigración incrementa cerca de un 10% las ayudas individuales para gallegos del exterior en situación de necesidad hasta los 2,75 millones

El plazo para solicitarlas finalizará el próximo 5 de febrero

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publicó el pasado 20 de diciembre la convocatoria de las ayudas económicas individuales a gallegos residentes en el exterior para el año 2020 que concede anualmente la Secretaría Xeral da Emigración. La partida para el año que viene incrementa cerca de un 10% su presupuesto, hasta alcanzar los 2,75 millones de euros. El objetivo es paliar las necesidades básicas de subsistencia y atención sociosanitaria de millares de familias gallegas del exterior que se encuentran en una situación económica precaria.

El plazo para realizar la solicitud se abre el 23 de diciembre, y permanecerá en vigor hasta el 5 de febrero. Se trata de una ayuda de pago único a la que el departamento que dirige Antonio Rodríguez Miranda destina cada año una parte importante de su presupuesto y que por segundo ejercicio consecutivo dedica un esfuerzo especial a los gallegos de Venezuela a causa de la complicada situación que atraviesa el país.

La vulnerabilidad que está sufriendo esta colectividad lleva el Gobierno gallego a incrementar un 9% el apoyo específico para suplir sus necesidades más básicas, lo que se traduce en una dotación que va a superar la cifra de 1.000.000 euros solo para ayudas económicas individuales.

La convocatoria de este programa de la Secretaría Xeral da Emigración se realiza en régimen de concurrencia no competitiva y está dirigida a los emigrantes de origen gallego, y a determinados familiares residentes en el extranjero, que acrediten encontrarse en situación de alta precariedad económica.

Siete tipos de ayuda en función de las necesidades

El grado de dependencia, la gravedad de las enfermedades y sus tratamientos, los ingresos económicos, y la edad de la persona solicitante, así como las cargas familiares, son los criterios básicos de valoración. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas que demuestren carecer de rentas, ingresos o patrimonio suficientes para la subsistencia, y que cumplan los requisitos de necesidad estipulados en cada tipo de ayuda.

La convocatoria abarca siete tipos de ayuda. Las primeras son aquellas por unidad familiar en situación de precariedad; las segundas, por situación de dependencia o enfermedad grave de la persona solicitante; las terceras por situación de dependencia o enfermedad grave en el seno de la unidad familiar; las cuartas por invalidez o enfermedad permanente; las quintas por cobertura de medicinas y tratamientos de enfermedades crónicas o graves cuando tengan un coste elevado; las sextas para las mujeres que sufran violencia de género; y las últimas para paliar una situación de desempleo en la unidad económica familiar.

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