La Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior ha vuelto a modificar las bases del programa Pasaporte de Vuelta dirigido a emigrantes castellanos y leoneses para apoyar y facilitar su retorno a la Comunidad de Castilla y León.
Esta nueva modificación afecta a la base decimoséptima y establece que el incumplimiento parcial de la obligación de permanencia durante un año en Castilla y León para poder cobrar esta ayuda “dará lugar al reintegro por el beneficiario del importe del 30% de la ayuda concedida si la permanencia ha sido superior a ocho meses e inferior a un año; del 60% si está comprendida entre los cuatro y los ochos meses, y del 100% si ha sido inferior a cuatro meses”.
Con este cambio, el departamento de Francisco Igea también endurece las condiciones que obligan al reintegro de la ayuda ya que si la estancia es inferior a cuatro meses hay que devolver el total de lo percibido cuando antes solo se devolvía el 100% cuando la estancia era inferior a dos meses.
De cuánto es la ayuda?