La Junta amplía el plazo de las actividades del programa de ayudas dirigidas a andaluces en el exterior afectados por procesos de inmersión lingüística

Las actuaciones que se hayan beneficiado de estas subvenciones podrán ejecutarse hasta el 31 de marzo de 2021

Imagen de archivo de la actividad de una entidad andaluza en Euskadi.

La Dirección General de Relaciones con los Andaluces en el Exterior de la Junta de Andalucía, que dirige Amós García Hueso, a través de una orden de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, ha ampliado hasta el 31 de marzo de 2021 el plazo para la realización de las actividades subvencionadas por el programa de ayudas para la realización de acciones culturales y actividades dirigidas a los descendientes de los andaluces afectados por procesos de inmersión lingüística, que promuevan el mantenimiento, promoción y difusión de sus raíces culturales y lingüísticas, realizadas por comunidades andaluzas y sus federaciones, asentadas en el exterior.

La orden se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOA) del martes 22 de diciembre. En él se destaca que “como consecuencia de la situación de emergencia sanitaria provocada por el Covid-19, la actividad económica, social, cultural y laboral se ha visto limitada con respecto a su funcionamiento habitual. Ello está provocando un receso de las transacciones comerciales, un retraso en los servicios y la suspensión de procesos administrativos, entre otros efectos, que han afectado de forma muy dura a muchas entidades andaluzas en el exterior”.

Señala la orden que “bajo estas circunstancias excepcionales” la Junta de Andalucía “ha mostrado su capacidad de adaptación y viene realizando un esfuerzo continuado por adecuar su estructura y funcionamiento a las condiciones que se nos presentan”.

Además, indica que “existe una demanda extraordinariamente fuerte para que el Gobierno de la Junta de Andalucía ampare a entidades que ya anuncian que esta pandemia les pone en seguro riesgo de extinción y demandan que nuestra administración, en cumplimiento de las responsabilidades de asistencia a los andaluces en el exterior que establece nuestro Estatuto de Autonomía y la Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los Andaluces en el mundo, se comprometa a asistir a estas entidades”.

Por todo ello establece que “dada la situación de emergencia sanitaria que ha imposibilitado la realización de muchas de las actividades por causas extraordinariamente graves y no imputables a los posibles beneficiarios” se amplía el plazo de de realización de actividades de la subvención, “quedando este periodo comprendido entre el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021”.

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