El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publica el 21 de abril la Ley andaluza del flamenco. El artículo 33 de esta norma indica que “la Administración de la Junta de Andalucía impulsará la promoción del flamenco fuera del territorio andaluz, tanto en el ámbito nacional como internacional”. Y también se señala expresamente que “se promoverá e impulsará la formación y aprendizaje del flamenco en las comunidades andaluzas en el exterior, sus federaciones y coordinadoras”. Estas dos afirmaciones se complementan con una tercera en la que se indica que “podrán establecerse fórmulas de colaboración con la Administración General del Estado y con otras Administraciones y entidades, públicas o privadas, para el desarrollo de programas y actividades de promoción
Si bien la promoción del flamenco en las comunidades andaluzas ya se venía realizando a través de los programas de ayudas que desarrolla la Secretaría General de Acción Exterior para colaborar en los gastos de las actividades que realizan dichas entidades, con la nueva Ley andaluza del flamenco se abre la puerta a que la Junta de Andalucía pueda establecer nuevas iniciativas para la financiación de cursos de flamenco en las comunidades andaluzas en el exterior, así como acciones concretas de promoción a través de estas entidades.
Por otra parte, la nueva norma cuenta con un apartado específico dirigido a las comunidades andaluzas en el exterior como agentes de promoción, divulgación y protección del flamenco. El artículo 17 de la ley dice así: “Las comunidades andaluzas reguladas en la Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los andaluces en el mundo, contribuirán a la promoción, divulgación y protección del flamenco en los territorios donde se ubican, mediante la realización de actividades culturales y sociales relacionadas con el flamenco”.
El segundo apartado de este artículo señala que “en el caso de que en las sedes se celebren espectáculos flamencos con la asistencia de público, habrá de respetarse en todo caso lo dispuesto en la normativa que resulte de aplicación en el territorio donde tenga su sede la respectiva comunidad andaluza. Las personas aficionadas asistentes podrán contribuir con una colaboración económica para el mantenimiento de la actividad”.
Asimismo, la ley establece el día 16 de noviembre como Día del Flamenco en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.