El TSJC suspende de forma cautelar el aplazamiento de las elecciones autonómicas catalanas

Por ahora, el proceso electoral continúa su curso y la Generalitat tiene de plazo hasta el jueves 21 de enero para presentar alegaciones

El vicepresident del Govern de la Generalitat, Pere Aragonès, firmó el pasado 15 de enero el decreto de anulación de la convocatoria electoral.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha decidido este martes 19 de enero frenar cautelarmente el aplazamiento de las elecciones al 30 de mayo que decretó el Govern de la Generalitat el pasado 15 de enero, una decisión contra el que ya se han presentado diversos recursos. Los magistrados han estimado dos de ellos, el presentado por un ciudadano particular y por la formación extaparlamentaria Izquierda en Positivo, que han reclamado la suspensión cautelar y urgente del decreto de anulación de la convocatoria de elecciones. Por lo tanto, con esta primera decisión del tribunal, queda suspendido el decreto que aplaza los comicios del 14 de febrero al próximo 30 de mayo hasta que se analice el fondo de la cuestión.

El TSJC que justifica esta decisión alegando que si no decretase la suspensión del decreto impugnado los recursos estimados perderían su finalidad “puesto que sería ilusoria la tutela cautelar que pudiera concederse, dada la imposibilidad de seguir con la tramitación del proceso electoral en los plazos establecidos en la legislación”. Por ello, entiende que debe adoptarse la medida cautelar de suspensión por causa de “urgencia extraordinaria”, con carácter “instrumental o procedimental”, y sin entrar en el fondo del asunto.

En este sentido, la resolución sostiene que “debe considerarse que el procedimiento electoral no solo tiene un tiempo limitado de 54 días, sino también que cada acto abre plazos sucesivos, de manera que la paralización del proceso, aunque sea unos pocos días, impide la posibilidad de celebrar las elecciones o, al menos, de celebrarlas con todas las garantías”.

Incertidumbre para los electores en el exterior

Tras esta decisión del TSJC el proceso electoral continúa su curso, aunque no está claro de qué forma esta medida afecta a los electores residentes en el exterior. De hecho, la Oficina del Censo Electoral (OCE) ha retirado de su página web el apartado dedicado a estos comicios en el que se ofrece información detallada y útil sobre cómo pueden participar los catalanes que viven en el extranjero, así como enlaces para descargar los formularios de solicitud del voto y otras informaciones de interés.

Cabe recordar que hoy mismo, 19 de enero, finalizaba el plazo para solicitar el voto desde el exterior.

El Tribunal ha concedido a la Generalitat y a la fiscalía que antes de las 10 horas del jueves 21 de enero formulen las alegaciones que convengan para resolver con mayor urgencia el proceso.

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