El tiempo de hacernos visibles

Carta abierta a todas/os las/os consejeras/os de los CRE del mundo y del CGCEE por Darío Bondino Pérez

Darío Bondino.

Estimadas/os consejeras/os:

El día 1° de febrero ha llegado el aviso de la convocatoria a las elecciones de los Consejos de Residentes Españoles (CRE) haciendo caso omiso de los pedidos de varios CRE, de la Comisión Permanente del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior (CGCEE) y otras varias instituciones relacionadas con la emigración.

Durante mucho tiempo el gobierno de turno ha ignorado nuestras reivindicaciones y de la misma forma han “olvidado” el Estatuto de la ciudadanía española en el exterior, cuyos artículos expresan claramente que debemos ser escuchados en lo concerniente a lo que afecte a los españoles en el exterior. Como siempre no prima la coherencia. La convocatoria no puede llegar a buen puerto en este momento, con una pandemia todavía vigente. Retrasar las elecciones un tiempo haría posible un atisbo de mejora, poniendo fe en un colectivo exterior que no estará todo, pero sí en parte vacunado.

Muchas veces recibimos respuestas que se amparan en las leyes, bueno es tiempo de usarlas en nuestro favor. Quizás un poco radical, pero he aquí mi propuesta basada en la AEC/2172/2010.

Veamos el artículo 10

Artículo 10. Caso de no presentación de listas.

En caso de que en el plazo señalado en el artículo 7 no se hubiera presentado ninguna lista o que ninguna de las listas presentadas fuera admisible, el jefe de la oficina consular anulará la convocatoria. En ese caso, el jefe de la oficina consular convocará nuevas elecciones transcurrido un plazo de seis meses. En caso de que tampoco en segunda convocatoria puedan celebrarse elecciones, el jefe de la oficina consular sólo volverá a convocar elecciones cuando llegue el momento de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto 1960/2009, de 18 de diciembre, por el que se regulan los Consejos de Residentes Españoles en el Extranjero y el artículo 4 de esta orden ministerial.

Veamos ahora punto 4 del artículo 21

  1. No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, si solamente concurriese una lista a la elección, dicha lista será proclamada si en la votación, que deberá celebrarse en todo caso, obtuviese al menos un número de votos equivalente al siete por ciento del número total de los españoles inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes de la circunscripción. En caso contrario, la elección quedará anulada y el jefe de la oficina consular convocará nuevas elecciones de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de esta orden.

Los que llevamos muchos años en los CRE sabemos que cumplir este punto es casi imposible así que tenemos dos situaciones a nuestro favor: o bien no presentar listas o hacer una integrada por parte de cada una demostrando que nos podemos unir para pelear por lo nuestro.

Probablemente alguna/o me acuse de iluso o inocente, puede que tengan razón, sé que los CRE como todo organismo en muchos sitios está politizado, pero creo firmemente que dejar diferencias en pos de los españoles en el exterior por seis meses no es mucho pedir y después de todo alguno quiere sacar provecho, me pregunto: ¿son estos los representantes que queremos?

Insisto que una medida como esta puede ser realizada si logramos ponernos de acuerdo y seis meses más adelante tendremos otro panorama. Además, una protesta de esta magnitud debe tener repercusiones en los medios.

Por último, quiero aclarar que todo lo aquí escrito es sólo mi pensamiento y como parte del CRE de Rosario lo plantearé y discutiré con mis compañeras/os.

Un gran abrazo para todas/os.

Darío Bondino Pérez

Consejero CRE Rosario

Consejero (supl.) por Argentina CGCEE

PD: Quiero aclarar que todo lo aquí escrito es sólo mi pensamiento y como parte del CRE de Rosario lo plantearé y discutiré con mis compañeras/os en su momento.

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