La agrupación del PSOE Buenos Aires ha manifestado su preocupación por las enmiendas que ha presentado el propio grupo del PSOE en el Congreso de los Diputados a la proposición de ley en materia de concesión de la nacionalidad española de los descendientes nacidos en el extranjero de progenitores españoles.
En concreto, desde la agrupación socialista en la capital argentina se refieren a la enmienda número 14 que consideran que “tal y como está planteada, deja muchísimos casos fuera”.
En la proposición de ley, promovida por Unidos Podemos, aprobada en el Senado y en tramitación en el Congreso, propone ampliar el número de situaciones que daban derecho a optar por la nacionalidad española y añade cuatro subapartados (d, e, f y g) al artículo 20.1 del Código Civil:
d) Los hijos de progenitora española nacidos antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
e) Los nietos de emigrante español varón que debió renunciar a la nacionalidad española a favor de la del país de acogida.
f) Los nietos de mujeres españolas emigrantes, independientemente a si ésta mantuvo, recuperó, o perdió su nacionalidad con anterioridad al nacimiento de sus descendientes.
g) Los hijos mayores de edad de las personas a quienes les fue reconocida la nacionalidad española de origen en virtud del derecho de opción, independientemente de su edad en el momento del ejercicio del derecho de opción por parte de su progenitor.
Pues bien, la enmienda presentada por el Grupo Socialista en el Congreso propone suprimir los apartados e), f) y g) y modificar el apartado d), que quedaría redactado de la siguiente manera: d) También podrá optar por la nacionalidad española sin sujeción a plazo alguno el hijo mayor de edad de quien haya recuperado la nacionalidad española. Con esta nueva redacción del apartado d) se “trata de poner remedio a una situación de agravio en las familias de quienes recuperan la nacionalidad española teniendo hijos mayores y menores de edad. Actualmente los menores pueden optar por la nacionalidad española, pero los mayores quedan excluidos de esta posibilidad, por lo que conviene que la legislación contemple todos los supuestos”.
Desde el PSOE Buenos Aires señalan que la enmienda del Grupo Socialista que aboga por suprimir los apartados e), f) y g) “debe ser reconsiderada” y al mismo tiempo indican que “apoyamos, como siempre lo hicimos, las demandas de los distintos colectivos que se proclaman en contra de este error gravísimo que deja sin derecho a la nacionalidad a miles de españoles y españolas”.
En el comunicado emitido por el PSOE de Buenos Aires recalcan que esta agrupación “apoya y apoyará siempre los reclamos de justicia y derecho a la nacionalidad de todos los colectivos de inmigrantes, así como al reconocimiento de la Ley de Memoria Histórica”.
Otras enmiendas del PSOE
El PSOE ha presentado otras enmiendas al texto de la proposición de ley. Así, proponen que se añada un tercer punto al artículo 17 del Código Civil con la siguiente redacción:
Asimismo tendrán derecho a optar por la nacionalidad de origen:
a) Los nacidos de madre española antes de la entrada en vigor de la Constitución española de 6 de diciembre de 1978.
b) Los nacidos de padre o madre españoles de origen que, por motivo de exilio, se vieron forzados a renunciar a su nacionalidad.
Este añadido, señalan desde el PSOE, “ofrece la opción de que los descendientes de madre española que nacieron antes de 1978 puedan adquirir la nacionalidad de origen”.
Tal y como reconoce la proposición de ley, a diferencia de los varones, las mujeres españolas no trasmitían la nacionalidad que ostentaban hasta la entrada en vigor de la Constitución en el año 1978. “Aunque sucesivas reformas legislativas y algunas interpretaciones jurisprudenciales han hecho posible que algunas personas en esta situación hayan podido adquirir la nacionalidad, es de justicia material que ninguna persona pueda verse en peor derecho que otra por motivo de discriminación de género”, señalan los socialistas.
Por otro lado, la letra b) de este nuevo apartado, indica el PSOE, “ofrece una solución los exiliados que se vieron obligados a renunciar a la nacionalidad española y adoptar la nacionalidad del país de acogida para poder trabajar o residir en él. Aquellos que firmaron esta renuncia cuando sus hijos ya habían nacido, han podido transmitir la nacionalidad. Sin embargo, cuando esta renuncia se produjo antes del nacimiento de sus descendientes, no se dio esta posibilidad”.
También proponen la supresión del apartado 3 del artículo 24 del Código Civil, que es donde se establece la obligatoriedad de declarar expresamente la voluntad de conservar la nacionalidad española a los hijos nacidos en el extranjero de padres o madres españoles también nacidos en el extranjero en el plazo de tres años a contar desde su mayoría de edad.
En la proposición de ley no se contempla la supresión del artículo 24.3 sino su modificación para que solo se pierda la nacionalidad si se renuncia expresamente a ella.
Por otra parte, la enmienda del PSOE también incluye la modificación de la letra a) del artículo 26.1 para que quienes perdieron la nacionalidad por no haber realizado la declaración expresa de su voluntad de conservarla ante el encargado del Registro Civil puedan recuperarla.
Asimismo, el PSOE también considera que no procede fijar un plazo para la resolución de las nuevas solicitudes de nacionalidad que se presenten a partir de la aprobación de la nueva normativa. En la proposición de ley este plazo es de doce meses desde la presentación de toda la documentación, pero los socialistas afirman que “ante el evidente volumen de peticiones sin resolver procedentes de la gestión del anterior Gobierno, traer a la Ley la limitación del plazo de resolución recogida ya en el Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia, a la Ley, carece de sentido”.
Plazo de dos años
La modificación del artículo 20.1 g) del Código Civil incluida en la proposición de ley también fue objeto de dos enmiendas presentadas por el Partido Popular y Ciudadanos. La del PP establece un plazo de dos años para que puedan optar a la nacionalidad española los hijos mayores de edad de las personas a quienes les fue reconocida la nacionalidad española de origen en virtud del derecho de opción, independientemente de su edad en el momento del ejercicio del derecho de opción por parte de su progenitor.
Para Ciudadanos la redacción de este artículo 20.1 g) del Código Civil debería ser la siguiente: g) Los hijos de las personas a quienes les fue reconocida la nacionalidad española de origen en virtud del derecho de opción, independientemente de su edad en el momento del ejercicio del derecho de opción por parte de su progenitor. Sin incluir plazos de ningún tipo. De este modo se evita la referencia a la mayoría de edad que contiene la proposición de ley en lo referido a este artículo.
Ciudadanos también propone que esta referencia a la mayoría de edad se elimine del inciso b) del artículo primero de la proposición de ley para evitar que “que sigan existiendo nuevas asimetrías entre unos hijos y otros dentro de un mismo núcleo familiar de españoles de origen”.
En total se han presentado 20 enmiendas, en su mayoría motivadas como mejoras de tipo técnico. El Partido Popular presentó un total de ocho enmiendas; el PSOE siete; Ciudadanos tres; y una Esquerra Republicana y Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.
La proposición de ley está ahora en proceso de elaboración del informe en el seno de la Comisión de Justicia del Congreso.
Una pena lo que hace el PSOE. Los hijos de Galicia que estamos por el mundo lo lamentamos mucho. Amar a España y no ser reconocidos. Una lástima, todo el amor que aprendimos a tenerle a esa maravillosa tierra gracias a nuestros abuelos nunca será reconocido gracias a políticos carentes de sentido común.
La verdad que no esperaba esto de una formación política como el PSOE, han traicionado, con estas propuestas de enmiendas, toda la confianza que han depositado millones de descendientes de españoles en ellos, como defensores de las carencias que tuvo la Ley de Memoria Histórica, porque con esta propuesta se quedan fuera la mayoría de los descendientes de españoles que teníamos la aspiración de que reivindicaran nuestros derechos, debemos hacernos sentir y buscar la forma de que el PSOE y las otra formaciones políticas rectifiquen y no tomen en cuenta estas enmiendas.
Cuando se suponía que el PSOE iba a dar el ejemplo y hacer justicia, pues resultó la peor opción, tendré que cambiar mis opciones de voto en el futuro.
Muy mal…. están a tiempo de enmendar y corregir.
Tengo padres españoles cuatro abuelos españoles ame su tierra desde niña y hoy que quiero hacer ciudadano a mi hijo de 25me encuentro con trabas un dolor gde ya que mis padres desde el cielo sufrirán esto que era nada más ni nada menos que tener en un papel lo que corre por mi sangre por favor revean las clausulas y estudien los casos que lo merecen y desean de verdad
No es justo lo que el PSOE quiere implementar todos de una forma u otra tenemos descendencia española, somos tan españoles como ellos, nuestros abuelos o bisabuelos salieron huyendo de un régimen horrendo q se estaba viviendo en ese momento todo por poder sobrevivir y ahora nos quieren eliminar de sus raices. Muy mal PSOE. No merecemos tanta traición ?
Ahora que el PSOE tiene la posibilidad de reparar injusticias, no lo hace. Al contrario, se destaca por poner trabas. Y se dice Socialista…a la hora de votar, no perdamos la memoria… aún puede retirar enmiendas.