El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (Inaes) del Gobierno argentino ha explicado a través de su departamento de prensa que a ninguna entidad de la colectividad española se le ha suspendido la autorización de funcionamiento.
El Inaes aclara que en la Resolución 3208/24 (publicada en el Boletín Nacional el pasado 14 de enero de 2025) se exceptúa expresamente a las cooperativas y mutuales pertenecientes a las diferentes colectividades presentes en Argentina, como la española, la francesa, la italiana, etc.
Dicha Resolución establece la suspensión para funcionar a cooperativas y mutuales que no presentaron la documentación correspondiente entre 1 de febrero de 2017 y 12 de septiembre de 2024 en el marco del plan de reordenamiento y control del padrón de entidades. Pero la norma establece en su artículo 3 que se exceptúan de esta medida “las mutuales constituidas por colectividades y cooperativas” incluidas en los anexos III y IV de la resolución, en los que aparecen 43 entidades españolas.
Se indica también que sobre estas entidades se encomienda a la Dirección Nacional de Cumplimiento y Fiscalización que “efectúe un relevamiento de su estado institucional, pudiendo, a tal efecto, solicitar la colaboración de los Órganos Locales Competentes y de las Federaciones y Confederaciones de mutuales y cooperativas, a fin de determinar su real estado y procurar, en todos aquellos casos que resulte posible y conveniente, su regularización”. Pero se no se les suspende la autorización de funcionamiento.




