El Gobierno regula la nueva normalidad tras la pandemia del coronavirus a partir del próximo 21 de junio

Incluye el uso obligatorio de mascarillas bajo pena de multa de hasta 100 euros mientras el Ejecutivo no declare el fin de la crisis sanitaria

El Consejo de Ministros se reunió por primera vez desde el inicio de la crisis sanitaria de forma presencial con todos sus componentes, en la imagen guardando un minuto de silencio por los fallecidos por coronavirus.
El ministro de Sanidad, Salvador Illa, durante su intervención en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

El Consejo de Ministros aprobó el 9 de junio el Real Decreto-ley de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19. La ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, explicó que estas medidas regirán tras la finalización del estado de alarma, el próximo 21 de junio, y el proceso de desescalada. Desde el día 8, recordó, el 52% de la población (aproximadamente 25 millones de personas) se encuentra ya en la fase 3, la última antes de la nueva normalidad.

María Jesús Montero insistió en que el virus sigue siendo una amenaza para nuestra seguridad mientras no haya un tratamiento eficaz o vacuna, por lo que hay que seguir tomando precauciones y “no bajar la guardia, ni actuar pensando que todo ha pasado y estamos a salvo”.

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, señaló que algunas de las medidas no son nuevas, sino que prolongan las adoptadas durante el estado de alarma, como las de prevención e higiene que, reiteró, son claves para frenar la propagación del virus.

Concretamente, se refirió a la limpieza de espacios públicos y privados, el lavado frecuente de manos, el mantenimiento de la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros y el uso obligatorio de mascarilla en la vía pública, en espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, así como en los transportes. Según este Decreto, el incumplimiento de este artículo será sancionado con multas de hasta 100 euros y serán las comunidades autónomas y las entidades locales a las que les corresponderá las funciones de vigilancia, inspección y control.

Igualmente, se contempla la adopción de medidas de prevención e higiene en el entorno de trabajo, tales como la ordenación de los puestos de trabajo o la organización de los turnos para evitar aglomeraciones, así como en los establecimientos comerciales, en los centros residenciales de carácter social o en las actividades de hostelería y restauración.

A partir de ahora, en los medios terrestres y aéreos, destacó Illa, los operadores que trabajen con asiento preasignado deberán conservar los registros de pasajeros un mínimo de 4 semanas “para poder garantizar la trazabilidad de los contactos si se produjeran casos positivos”.

Recogida de datos

También se da continuidad a las obligaciones de recogida, tratamiento y remisión de información de la enfermedad al Ministerio de Sanidad por parte de todos los operadores sanitarios de las comunidades autónomas. Illa destacó la importancia de la detección precoz y la vigilancia epidemiológica para poder adelantarse a cualquier rebrote y, si se produjera, garantizar las capacidades del sistema sanitario para afrontarlo en un breve periodo de tiempo.

Así, se especifican los recursos necesarios de profesionales sanitarios, disponibilidad de camas y la obligatoriedad de planes de contingencia y la realización de pruebas diagnósticas PCR o similares tan pronto como sea posible en los casos sospechosos. Respecto a los centros residenciales de mayores, se establece que deben estar coordinados con los centros sanitarios de sus respectivas comunidades autónomas y tener preparados planes específicos para hacer frente a eventuales rebrotes.

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, con el objeto de garantizar la disponibilidad de los que sean necesarios para hacer frente al coronavirus, podrá recabar información de los fabricantes sobre sus operaciones de producción previstas y, eventualmente, establecer prioridades. Además, y excepcionalmente, tendrá la facultad de otorgar licencias previas de funcionamiento de instalaciones para garantizar la fabricación en España de productos sanitarios y medicamentos.

En el ámbito deportivo, las medidas preventivas a adoptar en los eventos de la Liga de Fútbol Profesional y la Liga ACB serán establecidas por el Consejo Superior Deportes, previa consulta con los organizadores de ambas competiciones, las comunidades autónomas y el Ministerio de Sanidad.

El texto, impulsado por el Ministerio de Sanidad y el de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, recoge la declaración expresa de la Covid-19 como enfermedad de declaración obligatoria urgente.

La autoridad competente delegada para la adopción, supresión, modulación y ejecución de medidas correspondientes a la fase 3 del plan de desescalada serán las comunidades autónomas, salvo para las medidas vinculadas a la libertad de circulación que excedan el ámbito de la unidad territorial determinada para cada comunidad. Serán también las comunidades las que puedan decidir, con arreglo a criterios sanitarios y epidemiológicos, la superación de la fase 3 en las diferentes provincias, islas o unidades territoriales de su comunidad.

Respaldo de Ciudadanos y PNV

Por otro lado, con el fin de adaptar el texto a las mejoras planteadas por algunos partidos políticos como el PNV y Ciudadanos -que votarán a favor del mismo-, el decreto deberá ser convalidado en el plazo máximo de un mes por el Congreso de los Diputados.

Illa explicó algunos de los cambios acometidos a petición de los grupos. Uno de ellos afecta al modo en que el Gobierno pondrá fin a la vigencia del decreto cuando considere que ya no hay riesgo porque se ha encontrado una terapia efectiva o vacuna frente al coronavirus. La modificación incorporada obliga al Ejecutivo a declarar el fin de la crisis sanitaria “de forma motivada” y “habiendo escuchado a las comunidades autónomas en el seno del Consejo Interterritorial de Salud y previo informe del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias”, según explicó el ministro.

A petición del PNV, cuyo objetivo fundamental era que el decreto no supusiera una nueva laminación de competencias, y “en aras del consenso”, se modifica la redacción del artículo 3 del nuevo real decreto ley para especificar que la Administración General del Estado podrá “con carácter excepcional y cuando así lo requieran motivos de extraordinaria gravedad” adoptar “de acuerdo con sus competencias” -es el matiz incorporado a petición del PNV- las medidas que considere necesarias para asegurar el cumplimiento de este real decreto ley.

Se mantienen sin embargo los cambios que a través de una disposición adicional del decreto ley servirán para actualizar la Ley de Cohesión del Sistema Nacional de Salud y que permitirán al ministro de Sanidad dictar de manera extraordinaria actuaciones coordinadas en el ámbito de la salud pública en caso de emergencia sanitaria, así como la introducción del deber de las comunidades autónomas de aportar con carácter inmediato a Sanidad la información epidemiológica que se le requiera ante una situación de emergencia.

Por su parte, el portavoz de Ciudadanos en el Congreso, Edmundo Bal, confirmó que su partido dará apoyo a ese decreto después de que el Ejecutivo de coalición haya accedido a “aprobar la primera pata del plan B que exigíamos para salir ordenadamente del estado de alarma”, un decreto que “incluye nuestras aportaciones y es imprescindible para seguir luchando contra el coronavirus y reactivar la economía”.

“Hemos establecido que el objeto sea prevenir posibles rebrotes, un distanciamiento social de 1,5 metros; hemos querido que se fomente el teletrabajo”, enumeró Bal entre las medidas que incluirá el decreto con el apoyo de su partido, entre las que añadió que para el inicio de las competiciones deportivas “se tenga en cuenta la opinión de las comunidades autónomas” para que “no haya privilegios”.

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