El Gobierno autonómico apoya a las casas canarias fuera de las Islas con 150.000 euros

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el próximo 27 de mayo / Cada ayuda no superará los 7.000 euros y están destinadas a financiar los gastos de funcionamiento de las entidades

José Luis Perestelo
El viceconsejero de Acción Exterior, José Luis Perestelo, centro, en una visita realizada al Centro Hispano de Aragua el pasado mes de enero.

La Viceconsejería de Acción Exterior del Gobierno de Canarias ha convocado las ayudas para gastos de funcionamiento de las entidades canarias en el exterior que ascienden en este 2024 a 150.000 euros. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el próximo 27 de mayo y la cuantía de cada ayuda no podrá superar los 7.000 euros, según la resolución publicada en el Boletín Oficial de Canarias el día 26 de abril.

El objeto de estas ayudas es colaborar con los gastos generales de funcionamiento de las entidades canarias del exterior, tanto de las que están situadas en el extranjero como de las que se ubican en otros puntos del territorio nacional.

Los beneficiarios serán las entidades reconocidas e inscritas como tales en el Registro de Entidades Canarias en el Exterior. Se encuentran excluidas de esta convocatoria la Asociación Canaria Leonor Pérez Cabrera entidad canaria con sede en Cuba, y la Casa de Canarias en Madrid, para las que se encuentran previstas en los presupuestos correspondientes al presente ejercicio, la concesión de sendas subvenciones nominadas para esta misma finalidad.

Se consideran gastos subvencionables los correspondientes al alquiler de los inmuebles en los que las entidades canarias en el exterior tengan fijadas sus respectivas sedes; los derivados del uso de teléfonos y correos postales; el material de oficina de carácter fungible; los salarios y seguros sociales del personal que presta sus servicios en las entidades canarias en el exterior; los derivados del mantenimiento y limpieza de los locales; los correspondientes a reparaciones menores; y aquellos referidos al aseguramiento de los inmuebles en que las entidades canarias en el exterior tengan fijadas sus respectivas sedes.

La resolución definitiva de esta convocatoria no excederá del día 31 de octubre de 2024 y se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, especificando los beneficiarios, importe y destino de las subvenciones concedidas.

Además, el plazo de ejecución de las actividades objeto de las subvenciones que se otorguen, es el comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de octubre de 2024.

Las entidades con sede social en España presentarán sus solicitudes obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado que figura en la sede electrónica única del Gobierno de Canarias.

Junto a la solicitud, las entidades canarias que tengan su sede en Venezuela, deberán presentar documento expedido por la entidad financiera en la que tengan la cuenta en la que deseen recibir el importe de las subvenciones que se concedan, en el cual deberá hacerse constar que dicha cuenta se encuentra activa y reúne los requisitos necesarios para recibir transferencias.

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