El Consejo de Ministros aprobó en su reunión del pasado 13 de abril la firma del Convenio Marco para el Impulso de la Circulación del Talento en el Espacio Iberoamericano y que será debatido
Este acuerdo pretende impulsar en el espacio iberoamericano la circulación temporal de directivos y trabajadores especializados, de profesionales titulados e investigadores, de inversores y de emprendedores; y la realización de prácticas y pasantías de estudios con la finalidad de favorecer la transferencia del conocimiento, la creación científica e intelectual y la innovación.
Hasta la fecha cuatro países han comunicado que firmarán el Convenio Marco: Portugal, Brasil, Colombia y Nicaragua. Los países que han informado sobre su interés en suscribir el texto son ocho: Argentina, Ecuador, Paraguay, Panamá, Costa Rica, El Salvador, República Dominicana y Venezuela.
El Convenio afectará a quienes, tras obtener recientemente un grado, diploma o título de enseñanza superior, o formación equivalente, se trasladen para realizar prácticas profesionales o pasantías de estudios. También a las personas con contrato de trabajo o asimilado se trasladen para desempeñar tareas como directivos o personal especializado o para participar en un programa de formación.
Asimismo, se verán beneficiados los investigadores que se trasladen para participar en un proyecto de investigación científica o tecnológica, o para participar en actividades docentes en una institución de enseñanza superior. Y también quienes, con un grado, diploma o título de enseñanza superior o experiencia profesional equivalente, se trasladen para desarrollar una actividad profesional técnica o especializada con un contrato.
Se incluye a los inversores o emprendedores que se trasladen para realizar una inversión significativa o un proyecto empresarial relevante.
Este Convenio Marco servirá para que luego los países negocien los respectivos acuerdos en las Conferencias de Estados con el objetivo de establecer condiciones comunes de entrada y para la realización de las actividades contempladas, así como para definir los requisitos exigibles (titulación o experiencia), entre otras cuestiones (cuotas, estatuto de las familias, etc.). Estos acuerdos se adoptarán por una mayoría de estados parte y entrarán en vigor cuando expresen su consentimiento al menos tres de ellos. Lo dispuesto en los Acuerdos de aplicación no obsta al establecimiento por los Estados parte de cuotas o volúmenes de admisión de extranjeros