El Gobierno aprueba la digitalización del Registro de Matrícula Consular

La inscripción podrá hacerse de manera telemática / Se creará un Número de Identificación Consular Central (NICC), único e invariable, para facilitar las gestiones / La nueva regulación entrará en vigor dentro de seis meses y se dispone un plazo de un año para su aplicación por motivos técnicos

José Manuel Albares
El ministro José Manuel Albares en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros del pasado 1 de octubre.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) del 2 de octubre ha publicado el Real Decreto sobre inscripción de las personas de nacionalidad española en los Registros de Matrícula de las Oficinas Consulares en el extranjero, norma que se sitúa dentro del proceso de digitalización consular en curso y que fue aprobada por el Consejo de Ministros celebrado el 1 de octubre.

En la rueda de prensa posterior a la reunión del Gobierno, el ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, José Manuel Albares, explicó que esta norma “es una pieza esencial del proceso de digitalización consular” que concluirá a finales de 2025 y supone un paso más en la modernización de los servicios consulares. “Se trata de aprovechar las oportunidades que nos brindan las nuevas herramientas digitales para conseguir una administración en el exterior más ágil, más cercana y, sobre todo, que sea más útil y más rápida para nuestros ciudadanos”, ha dicho.

Nuevas utilidades

El Registro de Matrícula Consular, que recoge la información de los españoles en el extranjero –más de tres millones en enero de 2024–, es una herramienta clave para que las personas de nacionalidad española que se encuentran fuera de nuestro país puedan ejercer su derecho de voto, así como para proporcionar protección y asistencia consular a la ciudadanía española en el exterior, añadió el ministro.

Albares detalló que el nuevo registro evitará el desplazamiento físico de los ciudadanos porque determinados trámites se podrán realizar de forma telemática. Además, permitirá crear un Número de Identificación Consular Central (NICC), único e invariable, para facilitar las gestiones.

Hay que recordar que el trámite de inscripción en el Registro de Matrícula Consular por ahora sigue siendo presencial, hasta que se aplique esta nueva normativa. Esto requiere que los interesados deban recorrer cientos en incluso miles de kilómetros para cumplir con la obligación legal de inscripción en la Oficina Consular correspondiente. Este requisito dificulta enormemente la inscripción en el Registro de Matrícula Consular a la ciudadanía española en el extranjero, cuya importancia numérica y perfil ha sufrido grandes cambios recientemente, tal y como reconoce la exposición de motivos del Real Decreto.

No obstante, el ministro ha aclarado que este registro se suma al anterior, pero no lo sustituye, y que los ciudadanos que quieran seguir realizando trámites presencialmente podrán seguir haciéndolo. También se mantiene la distinción entre personas residentes en el exterior, para quienes la inscripción seguirá siendo obligatoria, y no residentes, para quienes será opcional.

Para el acceso a los servicios del Registro de Matrícula Consular, los españoles en el exterior podrán emplear como medios de identificación establecidos en la legislación. Además, el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación habilitará una Autoridad de Certificación Consular que permitirá otorgar certificados electrónicos cualificados a las personas de nacionalidad española, residentes en el exterior, que no posean un Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor.

El Real Decreto también establece que “se garantizará la existencia en las Oficinas Consulares de carrera de los medios y herramientas tecnológicas necesarias para una completa gestión electrónica de la documentación recibida o generada en el marco de la tramitación de expedientes del Registro de Matrícula Consular”.

Asimismo, el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación realizará las adaptaciones necesarias en el sistema informático que da soporte al Registro de Matrícula Consular para adaptarlo al marco normativo recogido en este real decreto y para facilitar o automatizar los procesos de comunicación con el Instituto Nacional de Estadística (INE) en lo relativo al PERE y con la Oficina del Censo Electoral, en lo relativo al CERA.

Año y medios para su implantación definitiva

Con su aprobación culmina un proceso de tramitación que lleva en curso desde el año 2021, y que ha requerido recabar numerosos informes técnicos. Una vez aprobado, su entrada en vigor está prevista en un plazo de seis meses. A partir de ese momento, su implantación se realizará, dada su complejidad, de manera progresiva, durante el plazo máximo de un año.

El nuevo Real Decreto constituye una pieza esencial para el proceso de digitalización consular, que seguirá avanzando durante 2024 y 2025, y que permitirá ofrecer cada vez más y mejores servicios digitales a los españoles que se encuentren en el exterior, consolidando así una atención consular eficiente, cercana y ágil.

Se triplica el número de residentes en el exterior

Cabe destacar, como recoge la exposición de motivos del Real Decreto, que desde el año 2005 casi se ha triplicado la presencia de personas de nacionalidad española residentes en el extranjero, mientras que la de aquellas que se establecen temporalmente en el extranjero también ha aumentado significativamente.

En enero de 2024 se superó la cifra de tres millones de personas dadas de alta como residentes en el Registro de Matrícula Consular. Dicho aumento se explica por los diversos procesos migratorios que afectaron a España en los últimos años, así como por diversas normas legales como la Ley de Memoria Histórica, la Ley de acceso a la nacionalidad de descendientes de sefardíes o la Ley de Memoria Democrática que han facilitado el acceso a la nacionalidad española de cientos de miles de residentes en el extranjero descendientes de españoles.

El número de no residentes también ha experimentado un importante incremento: en enero de 2024 ascendía a cerca de 29.000 personas desplazadas por motivos de estudio, voluntariado, visitas familiares, tratamientos médicos u ocio, entre otras situaciones de estancia temporal en el extranjero.

Por último, hay que señalar que la reforma de la Ley electoral aprobada en 2022 establecía que el Gobierno, en el plazo de seis meses, tendría que revisar la normativa de inscripción en los Registros de Matrícula Consular.

3 comentarios en “El Gobierno aprueba la digitalización del Registro de Matrícula Consular

  1. Hola, nesecito me ayuden en la búsqueda de mis Bisabuelos materno y paterno.
    No encuentro lugar de nacimiento solo conozco que vivieron en cuba, en la localidad
    de en Santiago de Cuba, antigua provincia Oriente.
    Los documentos no aparecen o están muy deteriorados.
    Ellos se nombran
    Bisabuelo materno
    Alejandro Angulo
    Bisabuela materna
    Ana Heredia
    Nacido entres los años (1850 a 1876)
    Vivieron en, zona Rural,.
    Bisabuelo paterno
    Felipe Veranes y Gola
    Juan Veranes del Castillo.
    Hacendado, se ubicó en la región de Guaninicun perteneciente al Ramón de las yagua, en una finca llamada, La Nueva Escocia.
    Nesecito saber sus datos personales y lugar de nacimiento en España, Cuba o cualquier otro lugar del mundo.
    Fraternalmente en espera de sus respuestas
    Adela desde Santiago de Cuba.
    Gracias

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