La Comisión de derechos civiles y participación del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior (CGCEE) ha solicitado una reunión con el secretario de Estado de Justicia, Tontxu Rodríguez Esquerdo, para ser informados de la instrucción relativa a la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática (LMD).
En la carta enviada por la presidenta del CGCEE, Violeta Alonso Peláez se recuerda al secretario de Estado de su petición hace unos meses “con el motivo de solicitar una instrucción relativa a la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática que fuera clara, así como facilitara los procesos de solicitud a la nacionalidad española que esta ley va a ofrecer”.
El CGCEE quiere también enfatizar que “hay muchas esperanzas puestas por gran parte de la diáspora en esta nueva ventana que permitirá a muchos compatriotas que se les reconozca una nacionalidad que se les ha estado negando”.
Ante la aprobación de la LMD en el Senado, el presidente de la Comisión de Derechos Civiles y Participación del CGCEE, David Casarejos Moya, ha solicitado “una reunión para poder entender mejor cómo se va a articular desde los consulados la aplicación de esta disposición”.
“Esta reunión sería telemática” y solicitan “la presencia de los consejeros y consejeras generales de la Comisión de derechos civiles y participación, así como con la presencia de Cedeu, organización que ha estado trabajando durante los últimos lustros para ayudar a nuestra emigración en temas de nacionalidad”.
El objetivo es poder entender mejor la instrucción y poder colaborar con la ciudadanía a la hora de informar de los pasos y requisitos a seguir, a la vez que puedan formular preguntas sobre cualquier duda que suscite el texto y su interpretación”.
Hola,
Para evitar repetir el mismo error de la LMH, en la que se discriminaron a los hijos mayores de edad y se dividieron familias, todas las ciudadanías españolas otorgadas por la actual LMD, deben ser consideradas de ORIGEN, independientemente del inciso por el que accedan.
De no ser así, entonces se volverán a repetir los mismos errores, los hijos mayores de aquellos españoles que accedieron por la disposición adicional 7ma de la Ley 52/07, tendrán sus familias divididas, al quedar sus hijos mayores fuera, repitiendo el mismo error de la LMH que intentan subsanar con la actual LMD.
La instrucción debe ser lo bastante clara e inclusiva para no dejar nada a la interpretación del funcionario consular.
El procedimiento debe ser bien claro y evitarse malas intrepetaciones en su tramitacion tenemos caso como Cuba donde quedan pendiente un estimado de cincuenra mil expedientes por la falta de algun documento. Si logramos eso los consulados espanoles les seria posible lograr una tramitacion mas operativa sin perder su responsabilidad certeza y calidad para poder emitir el del certificado de inscripcion del ciudadano espanol correspondiente
eguillermopablo@gmail.com
no puedo entender como España no se da una ley de nacionalidad como tiene, por ejemplo Italia, en donde se contemplen todos los casos. porque todas estas leyes son parches, como puede ser que una madre acceda a la nacionalidad y su hijo mayor de 21 años no ? y si tiene 20 si ? en que cabeza cabe ?
BUEN DIA,
DESDE SIDI-IFNI, LA ANTIGUA COLONIA ESPAÑOLA
AQUI TENEMOS MUCHAS GENTE CON DOCUMENTACION ESPAÑOLA PERO LA MAYORIA NO APARECE INSCRITA EN NINGUN REGISTRO, PODRIAN PRESENTAN LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA? Y SI TIENEN VIGOR DICHOS DOCUMENTOS