El abogado general de la UE cree que la norma española de acceso a la jubilación anticipada discrimina a quienes perciben una pensión del extranjero

Afirma que la cuantía de esa prestación debe ser tenida en cuenta en dicha regulación

El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), el irlandés Gerard Hogan, ha concluido que la norma española sobre la jubilación anticipada discrimina a los asalariados que han trabajado en otros países europeos. En concreto, carga contra la norma de la Seguridad Social que impide tener en cuenta la pensión que le corresponde en el extranjero a la hora de calcular la cuantía mínima para poder acceder al retiro antes de la edad ordinaria.

Las conclusiones del abogado general no son vinculantes, aunque acostumbran a adelantar el sentido final de la sentencia del TJUE. El tribunal comunitario debe pronunciarse sobre la cuestión prejudicial presentada en su día por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), sobre el caso de dos personas que habían trabajado durante un tiempo en Alemania y que el Instituto Nacional de la Seguridad Social les denegó la jubilación anticipada por no contabilizar la prestación del sistema alemán.

En España, para percibir la jubilación antes de la edad ordinaria, la Seguridad Social establece que el importe de la prestación ha de resultar superior a la cuantía de la pensión mínima que correspondería al interesado por su situación familiar al cumplimiento de los 65 años. Un pensionista con al menos 65 años y cónyuge a cargo percibe este año 835,80 euros al mes. En España, si la cuantía está por debajo de este mínimo por haber cotizado por un sueldo muy bajo o durante un periodo no lo suficientemente amplio, el Estado aporta un complemento hasta alcanzar el umbral mencionado.

El abogado general señala que un Estado miembro tiene capacidad para establecer el derecho a percibir una pensión mínima y fijar los requisitos necesarios para beneficiarse de una jubilación anticipada. Sin embargo, lo condiciona a no poner límites al derecho a la libre circulación de los trabajadores. Además, resalta que el propio TSJG ya aclaró que, con la suma de las prestaciones de España y Alemania, los trabajadores afectados no tienen derecho a un complemento de la Seguridad Social, por lo que no supone una carga para las arcas públicas.

UN comentario en “El abogado general de la UE cree que la norma española de acceso a la jubilación anticipada discrimina a quienes perciben una pensión del extranjero

  1. Si os dais cuenta….da igual quien se meta en la Moncloa…gobierno tras gobierno no hace mucho para su gente viviendo afuera (como nosotros). La culpa la tienen los masones…duela a quien le duela a si es. No tiene nada que ver con este partido politico o el otro. Incluso, por lo que veo solo estan interesados en la auto-destrucion de nuestro querido y amado pais. YA llego la hora de poner un Stop a todo esto antes de que sea demasiado tarde – digo yo.

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