El próximo 30 de junio finaliza el plazo extraordinario para que aquellas personas que perciban una pensión de la Seguridad Social española presenten la fe de vida. La presentación de este documento es obligatoria para seguir cobrando la prestación.
Normalmente este plazo finalizaba el 31 de marzo, pero este año, a causa de la pandemia, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) decidió ampliarlo hasta el 30 de junio de 2021.
Las certificaciones de fe de vida y estado las expiden los consulados generales de España, mediante comparecencia del interesado. Además, existen otros documentos válidos para acreditar la vivencia que varían en función del país de residencia por lo que es recomendable informarse en las páginas web de los consulados correspondientes o en las de las consejerías de Trabajo.
En Argentina todavía no recibí el formulario para la fe de vida, que trámite tenemos que hacer para cumplimentar esa irden