El Boletín Oficial de Castilla y León publica el 7 de julio la orden de la Consejería de la Presidencia por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas dirigido a jóvenes castellanos y leoneses residentes en el extranjero para cursar enseñanzas de Formación Profesional en Castilla y León. Esta medida se enmarca en el III Plan Estratégico de la Ciudadanía Castellana y Leonesa en el Exterior 2021-2024.
Hasta la fecha, la Junta de Castilla y León solamente apoyaba cursos de posgrado universitario, como el programa de becas para cursar másteres oficiales en universidades públicas de Castilla y León, gestionado por la Asociación Universitaria Iberoamericana de Postgrado, que en 2023 va a financiar 15 becas dirigidas a castellanos y leoneses en América Latina. A partir de ahora, esta línea de actuación se amplía, ya que hay que recordar que la educación superior en España no solamente está constituida por los estudios universitarios, sino también por la formación profesional de grado superior.
Según datos del Instituto Nacional de Estadística, el número de españoles que residen en el extranjero de forma habitual (y que están inscritos en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero en algún municipio de la Comunidad de Castilla y León), a fecha de 1 de enero de 2023, asciende a 183.711 personas. Estas ayudas tienen como finalidad el retorno de jóvenes castellanos y leoneses residentes en el extranjero, así como su efectiva integración. Se trata de facilitar su movilidad y su acceso a enseñanzas oficiales de calidad en Castilla y León.
Las comunidades castellanas y leonesas en el exterior, sus federaciones y confederaciones colaborarán con la Dirección de Acción Exterior de la Consejería de Presidencia y con la Dirección de Formación Profesional y Régimen Especial de la Consejería de Educación en el desarrollo de estas ayudas
La Consejería de la Presidencia tiene un especial interés en desarrollar una política de retorno basada en tres pilares –juventud, empleo y educación–, que sea capaz de atraer a la Comunidad el talento de los jóvenes, perdido en ocasiones como consecuencia de su emigración.
Entre los requisitos necesarios para poder optar a ser beneficiario de estas ayudas se encuentran el de ser mayor de dieciocho años y menor de cuarenta, ser oriundo o procedente de Castilla y León (esto es, nacido en Castilla y León, residente durante más de diez años continuados en la Comunidad, o descendiente de los anteriores) y haber residido legalmente en el extranjero al menos dos de los últimos cinco años, o bien haber trabajado legalmente en el extranjero al menos durante seis meses, dentro de los últimos cinco años. A efectos de estas ayudas, no se considerará como tipo de residencia las estancias puntuales en el extranjero, por motivos tales como campamentos, vacaciones, turismo u otras actividades lúdicas similares. Del mismo modo, a los efectos de estas ayudas, no se considerará como periodo de trabajo en el extranjero el correspondiente a prácticas vinculadas a estudios realizados en el extranjero, programas de intercambio como ‘au pair’ o similares, o la prestación de servicios como voluntario o de cualquier otra forma que no conlleve retribución económica.
El procedimiento de concesión de las ayudas se tramitará mediante convocatoria aprobada por el consejero de la Presidencia. La convocatoria determinará el número de ayudas disponible y la cuantía individual de las mismas.
Las ayudas están destinadas a personas matriculadas en régimen presencial y oferta completa en el primer curso de alguno de los ciclos formativos de grado superior impartidos en centros docentes sostenidos con fondos públicos de Castilla y León que se fijen en la convocatoria, y que se comprometan a cursar las enseñanzas durante los cursos escolares 2023/2024 y 2024/2025.
Las solicitudes se valorarán de acuerdo con los principios de concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, conforme a los criterios ya especificados y a otros criterios específicos, como la asociación a comunidades castellanas y leonesas en el exterior reconocidas como tales.
Estas comunidades, así como sus federaciones y confederaciones, colaborarán en el desarrollo de estas ayudas, participando en la difusión de las convocatorias, facilitando la oportuna información y orientación a las personas interesadas, así como realizando los trámites de gestión y pago de las ayudas que se acuerden en la convocatoria.