Exteriores convoca las ayudas a entidades que atienden a españoles necesitados en el extranjero

El programa cuenta con un presupuesto de 499.000 euros

El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación ha convocado las ayudas a instituciones asistenciales que prestan ayuda a españoles en situación de necesidad en el extranjero para el ejercicio 2023.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades o instituciones asistenciales, con personalidad jurídica de derecho privado, domiciliadas en el extranjero, que presten ayuda a ciudadanos españoles en el extranjero en estado de necesidad y carentes de recursos propios que cumplan con los requisitos exigidos en la convocatoria. Con estas subvenciones se pretende estimular, compensar y complementar la actuación asistencial de dichas instituciones.

El presupuesto de este programa asciende a 499.000 euros. La cuantía individualizada de cada subvención no podrá exceder de 40.000euros. Además, la suma de las cuantías de todas las subvenciones que se concedan a las instituciones asistenciales que operan en un mismo país no podrá exceder de250.000 euros.

El importe de la subvención es compatible con las ayudas y subvenciones para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones públicas, organismos de ellas dependientes, tanto nacionales como internacionales, o personas físicas o jurídicas de naturaleza privada. En ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos supere el coste total de la actividad subvencionada.

Las solicitudes se presentarán ante las oficinas o secciones consulares correspondientes y el órgano competente para instruir el procedimiento es la Subdirección General de Protección y Asistencia Consular, de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares.

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del 5 de mayo.

Las entidades beneficiarias deberán presentar una memoria justificativa sobre la utilización de la subvención concedida, en la que consten las actividades realizadas, su coste y el detalle de los gastos en que haya incurrido dentro de los tres meses siguientes a la finalización del plazo para la realización de la actividad subvencionada, que se extiende a todo el año en el que se concede la subvención.

La convocatoria de estas ayudas se publicó en el Boletín Oficial del Estado del día 4 de mayo de 2023.

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