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Asturias concede ayudas individuales para sufragar gastos extraordinarios del retorno

La cuantía varía en función de las circunstancias del afectado, pero no puede superar el IPREM

Celebración del Día del Socio de la Asociación de Emigrantes Españoles Retornados de Asturias (AEERA) en 2014.

El Gobierno del Principado de Asturias dispone de una serie de líneas de acción que tienen por objeto el asesoramiento y ayuda a la integración en la Comunidad de los emigrantes retornados, así como la atención a aquellos que se encuentran en una situación de necesidad.

Una de esas principales líneas son las ayudas individuales a emigrantes retornados destinadas a sufragar situaciones de precariedad o gastos extraordinarios derivados del hecho del retorno, así como de los familiares que convivan y dependan económicamente de ellos, siempre que concurra un estado de necesidad.

Las bases reguladoras de la concesión de estas ayudas fueron aprobadas por la resolución de 30 de marzo de 2016, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana (hoy, solo Consejería de Presidencia), publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) el 12 de abril de 2016.

Podrán solicitar y ser beneficiarias de estas ayudas las personas que cumplan los siguientes requisitos: ostentar la nacionalidad española; ser natural de Asturias o haber tenido la última vecindad administrativa en la Comunidad antes de la salida, o ser descendiente de asturiano hasta primer grado de consanguinidad; estar empadronado en Asturias; que no hayan transcurrido más de dos años desde el retorno; llevar cinco años o más en la emigración en el caso de los naturales de Asturias o haber sido emigrante con nacionalidad española de manera continuada durante 10 años o más en el caso de los descendientes; acreditar la condición de emigrante retornado (que se mantiene durante los dos años inmediatamente posteriores a la fecha de la vuelta definitiva a España); y no superar la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional español, en cómputo mensual.

La documentación exigida incluye el certificado de la condición de emigrante retornado de la persona solicitante o, en su caso, de todos los miembros de la unidad familiar, emitida por las Áreas o Dependencias Provinciales de Trabajo y Asuntos Sociales de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno. También un informe social expedido por el ayuntamiento donde esté empadronado el interesado o por una unidad de trabajo social, o en su defecto, certificación de tal extremo por el órgano instructor.

Las solicitudes se dirigirán a la Consejería de Presidencia.

Las ayudas serán compatibles con otras ayudas, ingresos o recursos que se otorguen para la misma finalidad procedente de cualquier Administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de otros organismos internacionales. La cuantía variará en función de las causas que generan la solicitud y de la situación económica y familiar de los interesados. En todo caso, el importe máximo anual por cada persona beneficiara se fija en el importe anual del Indicador Público de Rentas Múltiples (IPREM), correspondiente a doce pagas del año en curso.

Las ayudas se pueden solicitar en cualquier momento del año y se harán efectivas en un pago único.

Información y asesoramiento

Al margen de estas ayudas, el Gobierno autonómico tienen un servicio de información, orientación y asesoramiento a las personas retornadas a Asturias al que se puede acceder a través del email atencionsocial.emigrantes@asturias.org o de los teléfonos 985 668 536 y 985 667 595.

También son de utilidad las asociaciones de los propios retornados, que ponen a disposición de los interesados su propia experiencia y el trabajo de profesionales y voluntarios, incluido asesoramiento jurídico y psicológico. En Asturias, están la Asociación de Emigrantes Españoles y Retornados de Asturias (AEERA), con la que se puede entrar en contacto a través del correo aeeragijon@hotmail.com o los teléfonos 985 398 887 y 984 392 232, y la Asociación para la Integración y Asesoramiento a Emigrantes Retornados al Principado de Asturias (APIAERPA), que atiende en el email piaerpa@telecable.es y los teléfonos 984 103 635 y 685 671 858.

 

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