Los electores en el extranjero podrán enviar su voto a los consulados a partir del 2 de mayo, antes incluso de que empiece la campaña electoral
La Oficina del Censo Electoral enviará de oficio la documentación para votar a los electores en el extranjero entre el 22 y el 28 de abril / Se habilita un enlace para descargar las papeletas por vía telemática y hasta el 23 de mayo se podrá enviar el sufragio por vía postal al consulado / El depósito en urna se podrá realizar entre el 20 y el 25 de mayo, ambos inclusive