Un total de 263.430 andaluces en el exterior podrán votar el próximo 19 de junio

La mayoría residen en Argentina, 57.488, Francia, 38.653, Alemania, 30.806 y Brasil, 25.394, y están inscritos en Málaga, 58.625, Granada, 52.434, y Almería, 44.286/ El plazo para solicitar el voto finaliza el próximo 21 de mayo

La Oficina del Censo Electoral (OCE) ha publicado los primeros datos oficiales del censo de andaluces residentes en el extranjero que podrán votar en las elecciones autonómicas del próximo 19 de junio. Estos datos variarán, aunque ligeramente, una vez que finalice el plazo y se resuelvan las reclamaciones al censo el próximo 12 de mayo. Las listas del censo estarán expuestas en los consulados para su consulta del 2 al 9 de mayo y durante ese periodo se podrán presentar las reclamaciones que se considere.

En estos primeros datos se indica que el número total andaluces inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) para estos comicios asciende a 263.430 de los cuales 58.625 están inscritos en la provincia de Málaga; 52.434 en la de Granada; 44.286 en la de Almería; 37.433 en Sevilla; 30.383 en Cádiz; 18.948 en Córdoba; 13.350 en Jaén; y 7.971 en Huelva.

La mayor parte de los electores andaluces en el exterior residen en Argentina (57.488), Francia (38.653), Alemania (30.806), Brasil (25.394), Reino Unido (17.596), Estados Unidos (12.705) y Suiza (11.925).

Hasta el 21 de mayo para rogar el voto

Una vez convocadas las elecciones, las delegaciones provinciales de la OCE envían de oficio a todos estos electores la documentación para que puedan solicitar el voto, el conocido ruego del voto. Esta documentación consiste en un impreso oficial de solicitud que incluye una clave telemática que posibilita su formulación vía internet.

Los electores residentes en el extranjero pueden consultar la clave CTT que posibilitará la solicitud por internet del voto, sin esperar a recibir el impreso oficial, en este enlace.

Las solicitudes de voto deben ser formuladas por los electores del 26 de abril al 21 de mayo de 2022 y pueden realizarse por internet o ser enviadas a la Delegación Provincial de la OCE correspondiente por fax o correo postal.

Para hacer uso de internet es necesario acceder a la sede electrónica de la OCE, e identificarse por el sistema Cl@ve o con la clave CTT enviada en el impreso oficial y que también se puede consultar por internet.

El impreso de solicitud del voto se puede descargar y enviar por correo postal o fax a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente al municipio de inscripción del elector vigente para estas elecciones.

En todos los casos, excepto la solicitud por internet con certificado electrónico, al impreso de solicitud se acompañará copia de uno de los siguientes documentos: fotocopia del DNI español; fotocopia del pasaporte expedido por las autoridades españolas; certificado de nacionalidad o certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular ( estos dos últimos de expedición gratuita por el consulado o embajada en la que esté inscrito el elector).

Envío de la documentación

Una vez recibidas las solicitudes, las delegaciones provinciales de la OCE enviarán, del 24 al 30 de mayo, la documentación necesaria para poder votar. Este plazo puede ampliarse hasta el 7 de junio en el caso de haber impugnación de candidatos.

Los electores residentes en el extranjero pueden votar de dos formas. Por un lado, depositando personalmente su voto en la urna habilitada en el consulado o embajada en la que se encuentre inscrito del 15 al 17 de junio. Por otro, remitiendo su voto por correo al citado consulado o embajada hasta el 14 de junio.

Es importante recordar que los votantes residentes en el exterior no deben enviar la papeleta directamente a la Junta Electoral en España ya que serán considerados votos nulos los que no hayan sido recibidos a través de los correspondientes consulados.

Electores residentes en el extranjero temporalmente en España

Los electores andaluces residentes ausentes que viven en el extranjero, que se encuentren temporalmente en España, pueden solicitar el voto por correo por internet en la página web de Correos y también en cualquier oficina de Correos del 26 de abril al 9 de junio de 2022. La OCE enviará del 30 de mayo al 12 de junio la documentación necesaria para que puedan votar.

Recibida la documentación, estos electores deben enviar su voto a la Junta Electoral Provincial, por correo certificado, no más tarde del 15 de junio.

Electores temporalmente en el extranjero

Los electores residentes en la Comunidad de Andalucía que se encuentren temporalmente en el extranjero, una vez efectuada la convocatoria y que prevean permanecer en esa situación hasta el día de la votación, y que deseen participar en las elecciones, deben figurar inscritos en el Registro de Matrícula Consular como no residentes y solicitar la documentación para ejercer su derecho de sufragio desde el extranjero a la correspondiente delegación provincial de la OCE, no más tarde del día 21 de mayo. Dicha solicitud debe entregarse personalmente en la oficina consular de carrera o sección consular de Embajada (consulado español más cercano a su residencia en el extranjero).

La OCE remite al domicilio en el extranjero indicado por el elector en la solicitud, entre el 24 y 30 de mayo, por correo certificado, la documentación necesaria para que pueda emitir su voto. Este plazo puede ampliarse hasta el 7 de junio en el caso de haber impugnación de candidatos.

Recibida la documentación, los electores deben enviar su voto a la mesa electoral, por correo certificado, no más tarde del 15 de junio.

El escrutinio del voto exterior se realizará entre el 22 y el 24 de junio.

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