El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha suscrito un convenio con la Sociedad Española de Socorros Mutuos y Beneficencia de Chile para garantizar asistencia sanitaria subvencionada a emigrantes españoles residentes en el país que carezcan de recursos suficientes o no dispongan de una cobertura sanitaria adecuada. El acuerdo, firmado el pasado 14 de septiembre y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) mediante una resolución de la Secretaría General Técnica de 17 de septiembre, tendrá una duración inicial de cuatro años y se estima que beneficiará a 32 personas.
El convenio, suscrito por la directora general de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno, Elena Bernardo Llorente, y el presidente de la Sociedad Española de Socorros Mutuos y Beneficencia, José Fidel Sobrevilla Carlino, establece las condiciones y procedimientos para prestar esta asistencia y gestionar el pago de las cuotas correspondientes.
La medida se enmarca en el derecho a la protección de la salud reconocido a los españoles residentes en el exterior por el Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior. El convenio se apoya asimismo en el Real Decreto 8/2008, que regula la prestación por razón de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior y retornados y contempla la posibilidad de establecer acuerdos para garantizar asistencia sanitaria cuando los beneficiarios carezcan de cobertura en su país de residencia o esta resulte insuficiente en situaciones de necesidad debidamente acreditadas.
También contempla la cobertura prevista para determinados ciudadanos de origen español desplazados al extranjero durante su minoría de edad entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1939 como consecuencia de la Guerra Civil Española, de acuerdo con la Ley 3/2005.
La Sociedad Española de Socorros Mutuos y Beneficencia será la encargada de proporcionar las prestaciones sanitarias a los beneficiarios sin coste para estos. La cobertura incluye atención médica ambulatoria no hospitalaria, asistencia de especialistas, pruebas diagnósticas y análisis de laboratorio, así como las prestaciones farmacéuticas necesarias.
El Ministerio abonará a la Sociedad Española de Socorros Mutuos y Beneficencia 111 euros mensuales por cada beneficiario. El número estimado inicialmente es de 32 personas, aunque tanto el número de beneficiarios como la cuantía de la cuota podrán revisarse anualmente.
El compromiso económico máximo del Ministerio durante los cuatro años de vigencia asciende a 170.496 euros. La prestación está incluida en los Presupuestos Generales del Estado dentro del programa 231B, correspondiente a las acciones a favor de los emigrantes. El convenio será eficaz a partir del 18 de noviembre de 2026 y tendrá una duración de cuatro años. Las partes podrán acordar posteriormente una prórroga de hasta otros cuatro años.
El acuerdo contará además con una comisión de seguimiento integrada por representantes de la Sociedad Española de Socorros Mutuos y Beneficencia y de la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de la Embajada de España, así como un representante del Consejo de Residentes Españoles (CRE) en Chile. Su función será supervisar la aplicación del convenio y velar por el principio de equidad en el trato a los beneficiarios.




