Asuntos Exteriores destina 500.000 euros a las entidades asistenciales que ayudan a españoles carenciados en el extranjero

La cuantía individual no podrá superar los 40.000 euros ni los 250.000 el total de las dirigidas a entidades ubicadas en un mismo país

El Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación ha convocado las subvenciones a instituciones asistenciales que prestan ayuda a españoles en situación de necesidad en el extranjero.

La cuantía total de esta acción asciende a 499.000 euros, exactamente la misma que el año pasado, según se establece en la convocatoria, cuyo extracto se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del lunes 24 de abril.

El objeto de estas ayudas es estimular, compensar y complementar la actuación asistencial de las instituciones asistenciales domiciliadas en el extranjero que, a iniciativa propia, prestan de forma gratuita o semigratuita ayuda a ciudadanos españoles fuera de España que se encuentren en estado de necesidad y carezcan de recursos propios.

Estas ayudas, cuya cuantía no podrá superar los 40.000 euros, deberán destinarse a sufragar los gastos para la asistencia social, sanitaria o análoga a dichos españoles y, excepcionalmente, a gastos de mantenimiento ordinario de las instalaciones que lo acogen, de reparación o reposición de elementos imprescindibles para su asistencia.

Si bien la cuantía de cada subvención no podrá superar los 40.000 euros, el total de ayudas a entidades de un mismo país no podrá exceder los 250.000 euros.

Asimismo, estas subvenciones son compatibles con cualquier ayuda que se perciba para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones públicas, organismos de ellas dependientes, tanto nacionales como internacionales, o personas físicas o jurídicas de naturales privada.

El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el próximo 25 de mayo. La documentación deberá presentarse en las oficinas o secciones consulares correspondientes.

Además, el plazo máximo para que el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación resuelva las solicitudes será de seis meses mientras que el plazo de ejecución de la actividad subvencionada será de todo el año 2017.

El extracto de la orden de convocatoria de estas ayudas se publicó en el Boletín Oficial del Estado del lunes 24 de abril y la orden completa de convocatoria en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones. También se puede obtener información completa sobre estas ayudas en los diferentes consulados españoles.