El Congreso aprueba la modificación de la Loreg para evitar las elecciones el día de Navidad

Los electores en el extranjero que hubiesen pedido el voto en junio no tendrán que volver a hacerlo

El Pleno del Congreso aprobó, con 253 votos a favor y 93 abstenciones, la propuesta de modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) que reduce los plazos de la campaña electoral en caso de convocatoria automática de elecciones, a las que se han incorporado una decena de enmiendas.

La propuesta contó con el los votos favorables de PP, PSOE y Ciudadanos y la abstención de Unidos Podemos, PNV, ERC y Partit Demòcrata Català (antigua Convergència).

Esta proposición continuará su tramitación en el Senado, que deberá aprobarla definitivamente, quedando lista para publicarse en el BOE y entrar en vigor, o presentar enmiendas, caso en el que volvería al Pleno del Congreso para decidir si mantiene o no esos cambios.

Así, el objetivo de esta Proposición de Ley no es otro que evitar que los españoles tengamos que ir a votar el día de Navidad, 25 de diciembre, en el caso de que se convoquen unas terceras elecciones generales que se celebrarían el día 18 de diciembre.

Fue tramitada en lectura única por el Pleno el pasado jueves 20 de octubre, sin necesidad de haber pasado previamente por ponencia o comisión, y reduce de 54 a 47 días el plazo para la celebración de elecciones desde su convocatoria, en el supuesto de disolución automática de las Cortes, si transcurridos dos meses de una primera votación de investidura ningún candidato ha obtenido el respaldo necesario para ser elegido presidente del Gobierno.

Con este objetivo se establecen modificaciones como limitar a ocho días, en lugar de 15, el plazo previsto para la campaña electoral, y agilizar los mecanismos de constitución de coaliciones y agrupaciones, presentación de candidaturas o voto de residentes en el extranjero.

En este punto, se mantiene que quienes hayan ‘rogado’ el voto en los comicios inmediatamente anteriores no tengan que volver a hacerlo.

Además, como novedad, se aprobó una enmienda transaccional a la número 25 presentada por el grupo Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea por la cual el envío de la documentación electoral se realizará no más tarde del día 27 posterior a la convocatoria con lo que se adelanta en ocho días lo establecido en la propuesta presentada por el PP que fijaba que dicha documentación debería enviarse no más tarde del día 35 posterior a la convocatoria.

La reforma, propiciada por el PP, se limita a regular los procesos de convocatoria de elecciones en caso de falta de investidura. Es decir, las medidas aprobadas solo se aplicarían cuando se produzcan situaciones como la vivida tras las generales del 20 de diciembre de 2015 y las del 26 de junio pasado.

Este es el motivo esgrimido por PP, PSOE y Ciudadanos para rechazar otros cambios de calado que pretendían tanto Unidos Podemos y las confluencias como ERC.

Unidos Podemos había presentado 36 enmiendas al texto registrado por el PP entre las que se incluía la propuesta de derogar el voto rogado para que “los exiliados por razones económicas que no pueden trabajar en nuestro país y se han tenido que ir fuera de España pueda votar y participar”, y ampliar el derecho a votar para los jóvenes entre los 16 y los 18 años, una reclamación compartida con ERC.

Por su parte, el Partit Demòcrata Català, cuyos diputados forman parte del Grupo Mixto en el Congreso, propuso en una enmienda para que la Loreg establezca que los residentes en el extranjero ejerzan “su derecho a sufragio mediante un sistema de voto electrónico, a través de medios telemáticos”. En la misma propuesta se da un plazo de tres meses al gobierno para que ponga en marcha este sistema. Y proponen que los electores en el extranjero reciban la documentación de oficio mientras no se ponga en marcha el procedimiento de voto electrónico.

Esta propuesta de voto electrónico también la realizó el grupo de Esquerra Republicana aunque ERC lo propone como un sistema complementario al ya establecido.