La Junta Electoral Central amplía hasta el 24 de mayo el plazo para que los emigrantes envíen el voto por correo a los consulados

También se podrá remitir hasta esa fecha el voto a las mesas electorales por parte de los españoles residentes temporalmente en el extranjero

La Junta Electoral Central ha decidido ampliar el plazo del voto por correo para los residentes en el exterior inscritos en el CERA y para los españoles residentes temporalmente en el exterior hasta el próximo sábado 24 de mayo, siempre que dichos votos lleguen antes del escrutinio, que se celebrará el miércoles 28 de mayo, debido al retraso en el envío de las papeletas.

Con esta decisión las Juntas Electorales Provinciales deberán admitir como válidos los votos de los electores inscritos en el CERA y en el ERTA y remitidos por correo a los respectivos Consulados siempre que conste que fueron depositados en una oficina postal de dicho Estado no más tarde del día anterior al de la votación (24 de mayo), y siempre que lleguen a la Junta Electoral Provincial antes de la realización del escrutinio (no más tarde de las ocho de la mañana del miércoles 28 de mayo). Las oficinas consulares deberán remitir de forma inmediata a las Juntas Electorales Provinciales los sobres de votación.

El pasado 15 de mayo el PSOE presentó ante la Junta Electoral Central un escrito solicitando una ampliación del plazo para la remisión del voto por correo al consulado por parte de los electores inscritos en el CERA y del de remisión del voto a la mesa por parte de los electores temporalmente ausentes. El motivo fue la impugnación de la proclamación de candidaturas realizada por dos de ellas que recurrieron ante el Tribunal Constitucional. Esto motivo un importante retraso en el envío de la documentación por parte de la Oficina del Censo Electoral a los residentes en el extranjero (CERA y ERTA).