El número de inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) que podrán votar en las elecciones vascas es de 56.530, lo que supone un aumento de 12.870 personas y de un 30% respecto al que se utilizó para las anteriores autonómicas celebradas el 1 de marzo de 2009.
Los datos del Instituto Nacional de Estadística indican que 56.530 emigrantes vascos estaban inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes a 1 de julio de 2012, fecha que se utilizará como referencia en las próximas elecciones autonómicas del 21 de octubre. Se trata de 12.870 residentes en el exterior más con derecho a voto que en las elecciones autonómicas del 1 de marzo de 2009, ya que entonces tenían el derecho de elegir a sus representantes en el País Vasco 46.660 emigrantes. El aumento de emigrantes con derecho a voto respecto a dichos comicios es del 29,48%.
Por provincias, la mayor parte de los electores vascos que residen en el exterior proceden de Vizcaya que cuenta con 30.189 inscritos en el CERA. Le sigue Guipúzcoa, con 21.675 y Álava, con 4.666.
Respecto a los países en los que viven un mayor número de los residentes ausentes que podrán votar, son: Francia (9.986), Argentina (9.733), Venezuela (5.343), México (5.226), y Chile (3.995).
Calendario
El 5 de octubre comenzará la campaña electoral para la celebración el 21 de octubre de las elecciones autonómicas vascas de forma anticipada. El actual mandato del lehendakari Patxi López y el Gobierno del PSE-EE finalizaba oficialmente en marzo de 2013.
La Ley de Elecciones al Parlamento vasco prevé que 54 días antes de la celebración de los comicios se disolverá la Cámara. Así, se prevé que en el Consejo de Gobierno del 28 de agosto se firme el decreto de convocatoria y, al día siguiente, se publique en el Boletín Oficial del País Vasco.
Las Juntas Electorales de Territorio Histórico y de Zona se constituirán inicialmente con los vocales judiciales en el tercer día siguiente a la convocatoria de elecciones.
Las listas de candidatos se formalizarán por los representantes territoriales de las candidaturas o por los promotores, en el caso de agrupaciones electorales, ante la Junta Electoral de Territorio Histórico en el plazo comprendido entre el decimoquinto y el vigésimo día, ambos inclusive, desde la publicación del Decreto de convocatoria de elecciones en el Boletín Oficial del País Vasco.
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