En la reunión de la Comisión Permanente del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior (CGCEE) la consejera por Bolivia, Margarita Ruiz, recordó que los nietos de abuela española que no pudo transmitir su nacionalidad al casarse con un extranjero todavía tienen de plazo hasta el próximo 21 de julio para optar por ella.
Así se indica en el Ley 20/2011 de 21 de julio de 2011 del Registro Civil (publicada en el BOE el 22 de julio de 2011).
Esta novedad normativa se aprobó con la intención de dar una solución a los nietos de las abuelas españolas que al estar casadas con extranjero no pudieron transmitir la nacionalidad española y completar así la laguna dejada por la Disposición Adicional 7ª de la Ley de Memoria Histórica. Aunque se trata de situaciones y casos muy concretos dentro del colectivo que puede tener acceso a la nacionalidad a partir de la DPA 7ª desde Argentina, sobre todo la consejera María Teresa Michelón, han señalado en varias ocasiones que han recibido numerosas quejas en este sentido.
También mostraron cierto malestar porque al estar incluida esta norma como una Disposición Adicional de la Ley del Registro Civil no se le ha dado la suficiente publicidad entre los españoles residentes en el extranjero y, en especial, entre aquellas personas que pudieran acceder a la nacionalidad española.
España podría usar un poco más la cabeza y tener un plan mejor para su futuro a largo plazo. Todo el mundo sabe que es la Situación de la trasición domográfica, la población de edad avanzada aumenta cada día. Hoy en día, el 30% del gasto en la jubilación se redujeron del presupuesto. Sería mucho más práctico dar prioridad a los descendientes de esapnhóis. En gran parte tienen la misma religión, misma lengua, una misma cultura, mismas costumbres y valores. Pero en vez les va peor leyes de acceso a la nacionalidad en comparación con otros países europeos como Portugal, Italia, Alemania, Grecia, entre otros. En este sentido, nosotros, los descendientes de españoles, se encuentran marginados de la Unión Europea.
Juan Carlos Quintana 22.jul.2012 | 05:10
#4
Acabo de visitar la página del periódico y veo la noticiade que hasta el 21 de julio tenína de plazo los nieto de abuelas que se casaron un un extranjero para solicitar la nacionalidad. Yo hice mi solicitud en agosto de 2009 y la misma me fue denegada, mi abuela se había casado con un cubano y había emigrado a Cuba en el año 1908. Deseo saber si mi caso y el demis hermanos, denegados también ya tenemos derecho, ya que hicimos nuestras reclamaciones y nunca se nos comunicó nada al respecto. Si ya se cumplió ese plazo, ya no tenemos derecho, hasta cuando estaremos esperando porque se haga justicia con las mujeres emigrantes, madres a la vez para que sus nietos puedan acogerse a la ciudadanía,a la que con tanto orgullo queremos tener.Un atento saludo.
Miguel 30.jun.2012 | 21:00
#3
CONSULTEN ESTE ANTECEDENTE
Ley 18/1990, de 17 de diciembre, sobre reforma del Código Civil en materia de nacionalidad.
Jefatura del Estado
Rango: Ley
Publicado en: BOE número 302 de 18/12/1990, páginas 37587 a 37589 (3 págs.)
Referencia: BOE-A-1990-30520
Marchello 28.jun.2012 | 16:00
#2
Solamiente espero que alguien haça alguna cosa para cambiar na grand injusticia que España creo para las abuelas emigradas entes de 1936 y sus nietos.
Nietos Abuela España 27.jun.2012 | 20:42
#1
Leelo bien.Capaz quie podemos nacionalizarnos.
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LA COLUMNA DEL LECTOR
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