Con la ley en la mano

¿Y ahora qué?

Por Ricardo Martínez Barros

Ricardo Martínez Barros.

PARA LLORAR
De los 158.261 registrados en el CERA, en Venezuela, sólo 523 pudieron ejercer el derecho a votar. Pero en Venezuela hay más de 300.000 emigrantes españoles. Es decir que menos de un 2%o de emigrantes residentes en Venezuela pudieron ejercer el derecho a elegir a sus representantes, esos mismos que dirigirán nuestras vidas y nuestras haciendas en los próximos 4 años. ¿Esto es serio? ¿Realmente el 2%o de un colectivo debe regir los destinos del 99,99% del resto del colectivo? Y sin el más mínimo sonrojo, y con la boca rebosante de espumante cava, pontificamos que “las elecciones han sido un ejemplo de civismo y democracia…” ¿Estamos de coña? (como diríamos en Galicia).
Y ¿ahora qué? Pues ahora es cuando echamos en falta que los líderes de esos partidos que “van a cambiar el mundo” no se hayan dirigido a los emigrantes españoles, después de comprobar el grado de participación, y les hayan dicho: “Lo sentimos, no volverá a ocurrir”. Están todos más preocupados en linchar “al personaje” que en buscar la solución del colectivo: Es para llorar.
… Y PARA MEDITAR
A partir del 1 de enero, del año en curso, los gallegos, en un 99%, no tendremos que pagar el Impuesto sobre Sucesiones cuando heredemos como hijos, padres, abuelos, nietos o cónyuges, porque se ha elevado hasta 400.000 euros el mínimo exento para tributar por tal concepto. De manera que Galicia se postula entre las Comunidades Autónomas con la tributación más baja en este impuesto. También hay una rebaja en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas y, a su vez, se crea una tarjeta-monedero (1200 euros, a razón de 100 euros al mes, para hacer frente a gastos de farmacia, parafarmacias, supermercados y tiendas de alimentación) para los padres y madres que vivan en Galicia y tengan un hijo o hija, a partir de esa fecha, y durante el primer año de vida.
Pero estas medidas, de conformidad con lo dispuesto en la DF Tercera de la Ley 26/2014, no son aplicables a los no residentes en España (se exceptúa lo referente al Impuesto de Sucesiones para los que residan en alguno de los 28 países miembros de la UE a los que se añadieron Islandia, Noruega y Liechtenstein), porque la competencia para estos supuestos, sigue residiendo en la Administración Central. Una vez más, volvemos a encontrarnos en una discutida discriminación entre españoles residentes y emigrantes que no dudo que los que están brindando con cava, lo resolverán. No me cabe la menor duda, pues tengo fe ciega en estos seres privilegiados, que acumulan grandes éxitos profesionales en sus etapas anteriores, y que van a producir una catarsis profunda en nuestra sociedad que nos va a reconvertir en seres, solidarios, respetuosos con las opiniones ajenas, educados, ponderados y prudentes… De momento, y mientras no se produce esa catarsis, yo me retiraré a meditar… Por prudencia.