Las Casas deben justificar sus ayudas hasta el 15 de diciembre

Medida respecto a las subvenciones recibidas este año 2010

La Fundació Balears a l’Exterior informó de que el próximo 15 de diciembre termina el plazo de presentación por parte de todas las Casas Baleares en el exterior de las cuentas justificativas de las ayudas recibidas durante el año 2010. Desde la Fundació Balears a l’Exterior se recuerda a los beneficiarios de estas ayudas una serie de normas básicas para la justificación de las ayudas, que reproducimos a continuación:

 -El día 15 de diciembre de 2010 las cuentas justificativas deben estar en la Fundación, esto significa, que deben enviarte antes de esa fecha para que lleguen en plazo.

 -La ejecución de los proyectos es para 2010, ninguna factura anterior al 1 de enero de 2010 será aceptada como justificante. Tampoco ninguna posterior a 31 de diciembre de 2010.

-Los documentos probatorios de gastos sólo pueden ser:

 1-Facturas pagadas debidamente emitidas, es decir, identificando correctamente al consumidor final mediante el nombre completo del centro, el domicilio y el CUIT. Cualquier factura cuyo concepto sea ilegible o parezca alterado será descartada de la cuenta.

2-Sólo son aceptados los recibos debidamente numerados, con firma y número de identidad del que cobra el precio. Sólo se admiten recibos en conceptos muy limitados como cursos realizados dentro de las actividades socioculturales, y cuya naturaleza del curso haga imposible encontrar un monotributista que emita facturas, a título de ejemplo enumeramos dos: cursos de catalán y cursos de ball de bot.

3-Bajo ningún concepto se admiten tickets.

-Sólo se contabilizarán las facturas vinculadas a proyectos aprobados y subvencionados por la Fundación, esto significa que las facturas que atiendan a proyectos no aprobados por esta entidad, no serán tenidas en cuenta. Para saber qué proyectos son los aprobados deben acudir al Anexo I de la resolución de la ayuda.

4-El importe a justificar es siempre el importe del proyecto aprobado, aunque la Fundación conceda el 75% del proyecto aprobado, el beneficiario debe justificar el 100% del mismo. Por ejemplo, si una entidad tiene una ayuda para realizar un curso de catalán cuyo proyecto aprobado son 600€ y la Fundación ha concedido 450€, el beneficiario debe justificar 600€.

5-Para solventar cualquier duda, pueden ponerse en contacto con Miguel Ángel Vidal, en el número 00 34 971 176565, extensión 69407; o bien por email a la dirección mavidal@funbalext.caib.es