La Xunta aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del Consello de Comunidades Galegas

El Ejecutivo da el visto bueno al reconocimiento de 6 nuevas entidades para un total de 156 en el Rexistro

El presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, compareció tras el Consello para explicar las medidas adoptadas.
Una imagen de la reunión del Gobierno gallego que aprobó estas medidas.

El decreto aprobado el 6 de agosto por el Ejecutivo gallego hace efectiva y aumenta la participación activa de las comunidades gallegas desarrollando así el mandato del Estatuto de Galicia, que en su artículo 7 reconoce a las comunidades gallegas asentadas fuera del territorio “el derecho a colaborar y compartir la vida social y cultural del pueblo gallego mediante el reconocimiento de su galeguidade, cuyo alcance y contenido será regulado por ley del Parlamento”.
Del Consello de Comunidades Galegas forman parte todas las comunidades gallegas legalmente reconocidas en el mundo. Entre plenarios (que se celebran cada tres años), está representado por la Comisión Delegada, que está formada por doce miembros elegidos democráticamente, cuatro en representación de cada área geográfica determinada: resto de España, resto de Europa y América. El próximo plenario, que se celebrará en los próximos meses, entre otras misiones, renovará este órgano.
Novedades
Entre otras novedades, se refuerza el carácter representativo de la Comisión Delegada y se acercan los órganos de representación de la diáspora a su realidad actual. Esto se consigue por la actualización de los baremos de representación de estas comunidades y la forma de elección de sus representantes, haciendo estos baremos más próximos a la realidad de estas comunidades mediante la introducción del voto ponderado.
Otras novedades del texto aprobado el día 6 son que regula cómo se desarrollan las sesiones, comunicaciones y ponencias durante los plenarios; protocoliza los procedimientos de votación para elegir a los miembros de la Comisión Delegada (hasta ahora no existía legislación por escrito); establece que las comunidades gallegas elaboren informes y consultas previos a la aprobación por el Consello de Goberno de la Xunta de Galicia del reconocimiento de la galeguidade a las entidades gallegas asentadas fuera de Galicia; y describe otros aspectos organizativos internos, como quién, cuándo y cómo, y en qué plazos debe convocar a los órganos de representación.
Cabe destacar que el decreto respeta y asume, en los aspectos que regula, las demandas de los propios representantes de la diáspora.
Rexistro de comunidades
La reunión del Ejecutivo gallego decidió también para dar el visto bueno a las comunidades gallegas reconocidas oficialmente que se incorporan al Rexistro da Galeguidade, proceso siempre abierto y permanentemente revisable, según se establece en la Ley que la regula. El Registro establece diferentes tipologías y reconoce de oficio a cada entidad la tipología que tenía previamente a la entrada en vigor de la nueva Lei de Galeguidade, excepto en caso de que solicitara una revisión o que se viese afectada por un proceso de unión.
Así, dentro de la primera tipología, la de ‘comunidade galega’, se reconoce a la Sociedad La Aurora de Somozas de La Habana (Cuba) y a la Asociación Cultural As Xeitosiñas de Zürich (Suiza). Estas entidades no son nuevas -atesoran más de 100 y más de 30 años, respectivamente- pero según la anterior legislación entraban en otra tipología.
Además, se incorporan al Rexistro otras cuatro comunidades, que son fruto de respectivos procesos de unión: el Centro Galego de Nuremberg (Alemania), la Asociación Centro Galego e Casas de Galicia de Barcelona e Provincia (Barcelona), la Xuntanza de Asociacións Galegas en Cataluña, y la Unión de Asociacións Galegas en Catalunya.
En la fecha actual existen en todo el mundo 156 entidades con reconocimiento en el Rexistro da Galeguidade, de las cuales 108 son comunidades galegas.