La Junta de Extremadura aprueba las bases reguladoras de las ayudas a las comunidades extremeñas en el exterior y al retorno

Se valorará la incorporación de jóvenes y mujeres a las directivas de las entidades

Consejo de Gobierno de la Junta Extremadura del martes 26 abril.

El decreto establece dos líneas de ayudas: por un lado, las destinadas a las comunidades extremeñas en el exterior y a sus federaciones, que contarán con una cuantía total de 39.000 euros, y por orto las ayudas para facilitar el retorno a Extremadura de los extremeños en el exterior y de sus familias, cuyo montante asciende a 6.000 euros.

Respecto a las ayudas a las comunidades extremeñas en el exterior y a sus federaciones, estarán destinadas a financiar gastos de funcionamiento y de actividades, y su cuantía máxima individualizada será de 18.000 euros en el caso de las comunidades y de 20.000 euros en el de las federaciones.

En todo caso, se indica en el decreto, el importe de gastos destinados para actividades siempre será, al menos, del 50% de la ayuda solicitada. Además, una de las novedades de esta línea de ayudas es que se valorará la incorporación de mujeres y de jóvenes en los puestos directivos de las comunidades y de las federaciones.

Por otra parte, podrán ser beneficiarios de la segunda línea de ayudas los extremeños en el exterior, de acuerdo con la definición del artículo 2.1 de la Ley 6/2009, de 17 diciembre, de Estatuto de los Extremeños en el Exterior.

En la segunda línea de ayudas, las destinadas a facilitar el retorno, los beneficiarios deberán haber residido fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura al menos durante los cuatro años anteriores a la fecha de su retorno -y no ocho años como se establecía hasta ahora- y no podrá haber transcurrido más de un año desde su retorno a Extremadura. Asimismo, deberán estar empadronados y tener residencia efectiva en algún municipio de Extremadura en el momento de presentar la solicitud y disponer de rentas o ingresos brutos que no superen los límites establecidos en el decreto.

La cuantía de la ayuda, en este apartado, será de 1.500 euros, si bien ese importe podrá incrementarse cuando el solicitante acredite que la unidad familiar tiene la condición de familia numerosa o que alguno de sus miembros tiene algún grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, ha sido víctima de violencia de género o tiene la condición de víctima del terrorismo.

Por la concurrencia de cada una de estas circunstancias, que no son excluyentes, el importe de la ayuda se incrementará en 350 euros, por lo que la cuantía máxima de la ayuda podrá ascender hasta un máximo de 2.900 euros.