La Dirección General de Migraciones destina 2,4 millones de euros a favorecer la integración laboral de los jóvenes en el exterior

Las ayudas del Programa de Jóvenes también tienen como objetivo facilitar el retorno a España y el inicio de proyectos emprendedores

La Dirección General de Migraciones del Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha convocado las ayudas del Programa de Jóvenes correspondientes a 2016 y cuya cuantía total asciende a 2,4 millones de euros.

Estas ayudas tienen como objetivo favorecer la realización de actuaciones que sirvan para facilitar la integración social y laboral de los jóvenes españoles en el exterior. En concreto las acciones de información, orientación profesional y asesoramiento en el exterior sobre empleo y emprendimiento.

Además, las ayudas también servirán para la realización de programas de formación, especialización profesional y de emprendimiento que permitan a los jóvenes la incorporación al mercado laboral del país de residencia así como la realización de programas de perfeccionamiento de la lengua extranjera en el país de residencia.

Por otro lado, este programa incluye entre sus finalidades la ejecución de iniciativas que faciliten el retorno así como la participación de los jóvenes beneficiarios en proyectos emprendedores en España.

La resolución de convocatoria, cuyo extracto se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado 4 de abril y que aparece completa en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, indica que podrán ser beneficiarios de estas ayudas las empresas y entidades sin fin de lucro radicadas en el exterior que tengan entre sus fines alguna de las actividades objeto del programa.

Además, se establece que las actividades subvencionadas tendrá como destinatarios finales a jóvenes españoles, menores de 35 años, que acrediten un periodo de residencia en el exterior de al menos un mes en el momento de publicarse la convocatoria de las ayudas. El requisito de residencia previa no será necesario para las acciones de información, orientación profesional y asesoramiento en el exterior sobre empleo y emprendimiento aunque, en todo caso, los beneficiarios finales deberán estar inscritos en el Registro de Matrícula Consular correspondiente en el momento de inicio de la actividad.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOE del extracto de la resolución de convocatoria, es decir, contados a partir del 5 de abril.

Por otro lado, sólo se podrán subvencionar programas cuyo coste total sea igual o superior a 6.000 euros y la cuantía total de la ayuda no podría superar los 90.000 euros.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de concesión será de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria. Asimismo, el plazo de ejecución de los programas subvencionados será desde la fecha de resolución de concesión hasta el 31 de marzo de 2017.