El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia sentencia que la pensión de invalidez de Suiza cobrada por un retornado está exenta de tributación en España

En dos sentencias da la razón a los retornados frente a la Agencia Tributaria

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dictado dos sentencias dando la razón a dos emigrantes retornados de Suiza y declarando que las pensiones de invalidez de dicho país están exentas de tributación en España, al igual que las que perciben los pensionistas españoles.

Según señalan desde el abogado José Díaz López, que ha llevado este caso, el criterio de la Agencia Tributaria es no reconocer las resoluciones de los organismos de seguridad social extranjeros argumentando que la exención fiscal solamente beneficia a quienes tengan reconocida una invalidez absoluta o gran invalidez por la Seguridad Social española.

“Ello, evidentemente, supone un trato discriminatorio para los emigrantes, ya que dependiendo de cada país, las prestaciones de invalidez se regulan de una manera diferente y con unos grados distintos”, indica José Díaz.

En la sentencia el TSXG entiende que la situación de aquellas personas que perciben una pensión completa -tenga la denominación que tenga en cada país y que implique no poder trabajar y percibir us pensión íntegra- se asimila a la situación de los pensionistas españoles de invalidez absoluta o gran invalidez.

En Suiza, por ejemplo, la pensión de invalidez íntegra se concede a todos aquellos trabajadores que presenten una disminución de su capacidad laboral del 70% o más y su cobro es incompatible con el desarrollo de cualquier trabajo.

Por ello, indica el abogado José Díaz, todos los perceptores de pensión de invalidez de países extranjeros deberán verificar el grado de invalidez reconocido y el porcentaje de su pensión, a la hora de no tener que tributar por ella.

Díaz considera que estas dos sentencias “no serán aplicadas por la Agencia Tributaria de oficio ya que considera que no les vinculan, obligando a los emigrantes a litigar de manera innecesaria, asumiendo unos gastos de manera injusta”. Lo mismo que sucede con las numerosas sentencias existentes a favor de la no tributación de las pensiones alemanas hasta el ejercicio 2013, todas ellas con imposición de costas a la Administración.

Además, el abogado José Díaz señala que “incluso los funcionarios que atienden a los emigrantes para confeccionar la declaración de la renta les han indicado expresamente a muchos clientes retornados de Alemania la inexistencia de estas sentencias y que si no regularizan su situación desde 2010 se les impondrán recargos y sanciones, coaccionando de manera evidente a todo este colectivo”.