El PP propone en el Congreso que se garantice la asistencia sanitaria a todos los emigrantes y a sus familiares cuando retornen o se desplacen temporalmente a España

Siempre y cuando no cuenten con esta cobertura a través del país de residencia o por otros medios

El Partido Popular ha presentado en el Congreso una enmienda a la Ley de Segunda Oportunidad para garantizar que todos los españoles de origen residentes en el extranjero y sus familiares puedan acceder a la asistencia sanitaria española cuando retornen o cuando se desplacen temporalmente al país.

Esta cobertura se regula en el Real Decreto 8/2008 que establece la prestación por razón de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior y retornados. En esta norma no está prevista la asistencia sanitaria para los familiares de quienes retornen a España y solo para los pensionistas en sus desplazamientos temporales al país.

Con la reforma propuesta por el PP se modificará el Artículo 26 de dicho Real Decreto y se incluirán a los españoles de origen residentes en el exterior trabajadores por cuenta ajena o propia y a sus familiares. Se entienden por familiares del beneficiario su cónyuge, o quien conviva con él con una relación de afectividad análoga a la conyugal, constituyendo una pareja de hecho; y sus descendientes, o los de su cónyuge o los de su pareja de hecho, que estén a cargo de ellos y sean menores de 26 años o mayores de dicha edad con una discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 65 por ciento

Este colectivo podrá acceder a la asistencia sanitaria a través del Sistema Nacional de Salud siempre y cuando no tuvieran prevista esta cobertura según la legislación de Seguridad Social española, las del Estado de procedencia o las normas o convenios internacionales de Seguridad Social establecidos al efecto.

Asimismo, en el texto se indica que el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria en todos estos supuestos corresponderá al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el cual expedirá el documento acreditativo del derecho. Este derecho se conservará hasta que el beneficiario reúna los requisitos establecidos para obtenerlo de acuerdo con las disposiciones de Seguridad Social española, las del Estado de procedencia o las normas o convenios internacionales de Seguridad Social.

Por último, la propuesta establece que los españoles de origen retornados justificarán su condición mediante la presentación de la baja consular en el país de residencia y el certificado de empadronamiento en el municipio donde hayan fijado su residencia en España.

Con esta reforma se asegura que todas aquellas personas que han emigrado y se encuentran en el paro en el extranjero y sin cobertura sanitaria puedan acceder a la asistencia cuando retornen a España, ya sea de manera definitiva o temporal.

La Ley de Segunda Oportunidad se debatirá y votará en la reunión de la Comisión de Economía y Competitividad del próximo martes 16 de junio. Esta Comisión cuenta con competencia legislativa plena por lo que la norma, si es aprobada, no necesitará de una posterior ratificación por el Pleno del Congreso y será remitida directamente al Senado.