El Ministerio de Justicia facilita el paso de la nacionalidad por opción a la de origen

En el Boletín de mayo de 2011 del Ministerio de Justicia se publican las resoluciones de marzo de 2010 de la Dirección General de los Registros y el Notariado, tal y como informó España Exterior en el número anterior. Entre ellas algunas que benefician a descendientes de españoles. Desde la Organización Internacional de Descendientes Españoles (OIDE), recuerdan que gracias a dichas resoluciones los que ostenten nacionalidad por opción, pueden pasar a opción de origen. Esta posibilidad solo rige mientras esté en vigor la Disposición Adicional 7ª de la Ley 52/2007 de Memoria Histórica. Es decir, hasta el 27 de diciembre de 2011.
OIDE indica que los casos a los que se refieren dichas resoluciones afectan a: 1) Los que obtuvieron nacionalidad por opción bajo por la ley 18/1990 (resolución 5 del 23-3-2010); 2) Los que en su momento obtuvieron nacionalidad por residencia ahora pueden pasar a la de origen (resolución 4 y 6 del 23 y 24-3-2010); 3) Los que optaron bajo la ley 29/1995 (resolución 5 del 24-3-2010).