El Govern aprueba el Proyecto de ley que regula el voto electrónico de los catalanes residentes en el extranjero

El Ejecutivo catalán quiere que esta modalidad sea complementaria al sistema tradicional y que los electores puedan elegir el método que prefieran

El Govern catalán dio luz verde el pasado 11 de octubre al Proyecto de ley del procedimiento de votación electrónica para los catalanes y catalanas residentes en el extranjero con el objetivo de garantizar el derecho a voto de este colectivo. La ley que propone el Gobierno pretende integrar la modalidad de voto electrónico de forma completamente armónica en el sistema actual de votación, de forma que sea complementaria a los mecanismos tradicionales y de elección voluntaria por parte de los electores.

Este Proyecto de ley, que las próximas semanas llegará al Parlament catalán según señalan desde la Generalitat, es parte del Plan para implementar el voto electrónico para los catalanes residentes en el extranjero que el Gobierno ha puesto en marcha a partir de un acuerdo del Consell Executiu del pasado mes de abril para evitar la situación vivida a las elecciones autonómicas del pasado 27 de septiembre de 2015, en las que sólo 14.781 catalanes residentes en el exterior de los 196.065 censados pudieron votar por las dificultad del sistema. Este Plan contempla desarrollar en Cataluña un método que funciona con normalidad en varios países del mundo, como por ejemplo Suiza, Francia o Estonia.

Un sistema de votación seguro, transparente y secreto

El Proyecto de ley regula exclusivamente el sistema de votación electrónica complementario a los otros sistemas ya en funcionamiento y, por eso, el resto del proceso electoral se seguirá rigiendo por la normativa electoral estatal. El Estatuto de Autonomía de Cataluña establece la capacidad de articular un régimen electoral propio y, en consecuencia, de disponer de una ley que regule aspectos concretos o parciales del régimen electoral, como es el caso del procedimiento de voto electrónico para los residentes en el extranjero.

El texto que ha aprobado el Govern regula el procedimiento de voto electrónico, el mecanismo de identificación del elector en la plataforma de voto por Internet y el ejercicio del derecho de voto por medios electrónicos. Entre otros, establece que la utilización de medios electrónicos en el procedimiento de votación tiene que respetar los principios democráticos generales, los derechos de la ciudadanía, las garantías de la legislación electoral y, además, tiene que garantizar la libertad de voto, la igualdad y la no discriminación, el carácter secreto del voto y la garantía de privacidad, la identificación llena y fehaciente del elector, la integridad y la inalterabilidad del voto.

La ley también fija criterios para garantizar aspectos como el hecho que se emita un solo voto por persona; la seguridad de todas las fases del procedimiento de votación electrónica; una autentificación robusta del elector; la transparencia y la objetividad en el escrutinio; así como el carácter público de todo el procedimiento, su simplicidad, verificabilidad global y posibilitado de auditoría. En este sentido, el texto prevé también la creación de una Comisión de garantía formada por expertos en materia de administración electrónica, TIC y ciberseguridad designados por el Gobierno, por el Parlamento de Cataluña y por las asociaciones representativas de los entes locales. Esta comisión entregará un informe anual en el que se evalúe la adecuación a la normativa de los sistemas utilizados y también detectará y tratará cualquier incidencia en el funcionamiento de la Plataforma de votación electrónica.

La regulación del proceso de voto electrónico prevé que, en cuanto se convoquen las elecciones al Parlament de Cataluña, los electores puedan escoger votar por medios electrónicos y tengan que registrarse en un portal habilitado para la ocasión que, una vez validada la identidad, hará llegar al elector las credenciales para votar de forma segura. La votación se podrá llevar a cabo a través de un ordenador, una tablet o un móvil durante el periodo de voto por correo desde el extranjero, y el voto permanecerá custodiado en una urna electrónica hasta el día del escrutinio general.

El Gobierno garantiza que el voto electrónico es viable técnica y jurídicamente y que su correcta implementación es estrictamente una cuestión de voluntad de las administraciones. Con la finalidad de implementar el procedimiento de votación, el Gobierno suscribirá los protocolos y convenios de colaboración que sean necesarios con la Administración General del Estado, la Administración Electoral y la Oficina del Censo Electoral del Instituto Nacional de Estadística. Además, se formalizarán también los acuerdos necesarios con la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) para garantizar que las personas ciegas, con discapacidad visual o sordoceguera puedan ejercer el derecho de voto por medios electrónicos accesibles con plena garantía del secreto del sufragio.