Segunda modificación de las bases reguladoras de las ayudas a retornados asturianos

La Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana del Principado de Asturias ha modificado de nuevo las bases reguladoras de las ayudas a emigrantes retornados aprobadas en marzo de 2016 y que ya habían sido modificadas en septiembre de 2016

Estos cambios, publicados en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) del viernes 17 de marzo, afectan al apartado 4 de la base tercera de estas ayudas, relativa a las personas beneficiarias y sus requisitos. En concreto a los supuestos de solicitantes que forman parte de una misma unidad familiar. Desde la Consejería entienden que es necesario incorporar un nuevo párrafo que regule la concesión de las mismas en supuestos de unidad familiar integrada por matrimonio o convivientes de hecho cuyos cónyuges o convivientes de forma individual tuviesen derecho a estas ayudas.

Junto con lo anterior, se modifican los apartados 1 y 3 de la base sexta, relativa a las solicitudes, adaptándose a la regulación prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, se permite al solicitante autorizar a la Administración autonómica para recabar la oportuna documentación a través de la plataforma de intermediación de datos de las administraciones públicas. En estos términos, se modifica también el anexo que recoge el modelo normalizado de solicitud de ayuda, adaptándose a los cambios introducidos.