El Rey firma la disolución de la Cortes y la convocatoria de elecciones el 10 de noviembre

La campaña electoral se reduce de 15 a ocho días y empezará el 1 de noviembre

El rey Felipe VI, con el refrendo de la presidenta del Congreso de los Diputados, formalizó hoy, 24 de septiembre, el mandato constitucional de disolución de las Cámaras y convocatoria de elecciones generales para el 10 de noviembre.

La medianoche de ayer finalizó el plazo de dos meses marcado por el artículo 99 de la Constitución desde la primera votación de la fallida investidura de Pedro Sánchez para que el jefe del Estado pusiera el punto final a la XIII Legislatura al no cuajar un acuerdo entre los partidos. Esta es la segunda vez que Felipe VI cumple el encargo constitucional de poner fin a un periodo parlamentario por la imposibilidad de investir a un presidente.

En el decreto de convocatoria, que entró en vigor hoy mismo tras publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se establece también la fecha de constitución del Congreso y el Senado de la que será la XIV Legislatura, el martes 3 de diciembre a las 10.00 horas. En estas sesiones constitutivas, simultáneas en ambas Cámaras, los  parlamentarios adquieren la plena condición de diputados y senadores, y se elige la Presidencia y resto de los miembros de la Mesa de las Cámaras.

En lugar de los 54 días desde el día de disolución del Congreso y el Senado y convocatoria de elecciones hasta la celebración de las mismas, la duración se disminuye en una semana, lo que supone un proceso electoral de 47 días de duración.

Para reducir la duración del proceso se acorta también el tiempo previsto para la campaña electoral, que se limita a ocho días, frente a los quince establecidos para los procesos ordinarios. Por tanto, comenzará a las cero horas del viernes 1 de noviembre y concluirá a las 24 horas del viernes 8 de noviembre..

En cuanto a los gastos electorales, en estos supuestos se reducen las cantidades relativas a las subvenciones que perciben las formaciones políticas con representación parlamentaria por cada voto o escaño obtenido y el límite de los gastos electorales en que pueden incurrir las formaciones electorales para estos comicios; y se establece que los partidos, federaciones y coaliciones que promuevan candidaturas impulsarán un acuerdo para reducir al máximo los gastos electorales derivados de la publicidad exterior de carácter comercial.

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